Los niños, niñas y adolescentes en abandono y el derecho a vivir en una familia
Creado el Viernes, 5 de Octubre del 2012 03:24:04 pm
Las visitas de supervisión que se llevaron a cabo por la Defensoría del Pueblo, entre el 2009 y 2010, permitieron advertir que muchos niños y adolescentes que residían en los CAR no contaban con una resolución que ordenara su permanencia en dichos centros, aun cuando la legislación prevé que esta es una medida de protección que debe ser dictada en el marco de un procedimiento de investigación tutelar.
Esta situación, entre otras, determinó la necesidad de elaborar un informe defensorial que permitiese conocer cómo se desarrolla el procedimiento de investigación tutelar en el país y cuáles son las tendencias que lo definen.
El Código de los Niños y Adolescentes señala que el procedimiento de investigación tutelar se tramita en el ámbito administrativo bajo la responsabilidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes), a través del Inabif. Sin embargo, hasta la fecha, este organismo solo ha asumido su competencia en Lima, mientras que en el resto del país su tramitación aún está a cargo del Poder Judicial.
El abandono de niños, niñas y adolescentes constituye una situación en la que muchos de sus derechos fundamentales han sido vulnerados y, por consiguiente, deben ser restituidos lo más pronto posible.
Este enfoque permite sostener que la intervención psicosocial, dirigida a revertir la situación de abandono, se debe convertir en un objetivo central de las políticas públicas de protección de la infancia y la adolescencia, superando la clásica visión benéfico–asistencial, de la que no surgen claras responsabilidades individuales, sociales ni estatales respecto de la implementación de una política pública de protección de la infancia y la adolescencia.
Comprender el abandono infantil como una situación de vulneración de derechos permitirá que el procedimiento de restitución de derechos –que, en el Perú, se denomina Investigación Tutelar– tenga por finalidad buscar la recomposición de la familia en la que los derechos de niños, niñas y adolescentes sean respetados y garantizados.
Desde esta perspectiva, el procedimiento de investigación tutelar se presenta como una oportunidad –quizás la última– para restablecer, a partir de un trabajo con las familias, los vínculos familiares deteriorados. En otras palabras, se trata de hacer realidad la vigencia del derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir en una familia, derecho que el Tribunal Constitucional peruano ha reconocido expresamente como un “derecho fundamental”.
Lamentablemente, esta visión todavía no ha sido lo suficientemente comprendida ni desarrollada por el Estado peruano, en la medida en que el ordenamiento nacional vigente se mantiene anclado en una visión marcada por el asistencialismo, en donde los niños, niñas y adolescentes son tratados como “objetos” de protección. Una muestra de esta visión se advierte en la persistente costumbre de utilizar el vocablo “abandono” para aludir a lo que en realidad es –como señalamos– una situación de negación de derechos.
No se trata de una simple mutación de palabras, de un cambio de etiquetas, sino de un cambio de visiones y paradigmas, orientados a la modificación de prácticas institucionales que permitan concretar el derecho a vivir en una familia.
Los datos expuestos en el Informe N° 153: “Niños, niñas y adolescentes en abandono: aportes para un nuevo modelo de atención” muestran las serias dificultades que existen en el plano normativo y procedimental para lograr dicho objetivo. Por ello, la Defensoría del Pueblo plantea la necesidad de rediseñar el marco normativo e institucional que sustenta el procedimiento de investigación tutelar, a partir de las siguientes consideraciones:
- a. La situación de abandono debe ser considerada como una grave vulneración de derechos.
- b. Se debe implementar medidas de protección alternativas al acogimiento residencial.
- c. La disolución de los vínculos familiares es siempre la última medida, luego de agotarse todos los recursos o planes de atención orientados a potenciar las competencias de los padres y madres o de la familia en sentido extenso.
- d) Se debe fortalecer el apoyo institucional al Inabif para que esta entidad asuma con mayor eficacia y eficiencia su competencia exclusiva en la tramitación de los procedimientos de investigación tutelar.
El desafío es complejo. De ahí que nuestras autoridades gubernamentales deben enfocar sus esfuerzos en esta perspectiva de defensa de derechos. Al crecimiento económico en democracia, es necesario agregar políticas sociales consistentes en favor de los niños, niñas y adolescentes en abandono y sus familias.
Roslin Villanueva Ramírez
Coordinadora del Módulo de Atención Defensorial de Chimbote
Defensoría del Pueblo
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Foto: http://aspasi.wordpress.com/