A propósito del “Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer”…
Creado el Sábado, 24 de Noviembre del 2012 12:13:45 am
No hay que perder de vista que esta práctica, que es lesiva de los derechos fundamentales de las mujeres, se ha extendido y generalizado en nuestro país, convirtiéndose en una de las más vergonzosas violaciones de los derechos humanos, pues afecta a la dignidad de las mujeres, así como a su derecho a la vida, a la igualdad, a la libertad e integridad personales, al libre desarrollo de la personalidad, a no ser víctimas de violencia física o psicológica, a no ser sometidas a tratos inhumanos o humillantes.
Asimismo, hay que tener en cuenta que se trata de un problema de salud pública que afecta a la sociedad en su conjunto y, paralelamente, retarda el desarrollo integral del país. En el Perú, la violencia contra la mujer en el ámbito familiar es una práctica extendida que no respeta fronteras políticas, económicas, raciales, culturales o religiosas.
En el presente año, solo en nuestra región se han registrado 8 casos de feminicidio y 12 tentativas. No obstante el carácter alarmante de estas cifras, sabemos también que estas no recogen los innumerables casos de violencia contra la mujer que, por diversas razones, no son denunciados ni registrados en las estadísticas, entre ellos los referidos a la afectación que sufren las mujeres de la zona de pobreza y aquellas que pudieran exteriorizar una mayor indefensión por ser analfabetas.
Desde su creación, la Defensoría del Pueblo ha realizado en forma continua diversas acciones encaminadas a disminuir y erradicar la violencia contra la mujer. Mediante esta labor, el personal de la Defensoría del Pueblo ha constatado que el problema de la violencia contra la mujer en nuestro país se agrava aún más si advertimos que las mujeres deben enfrentar una serie de obstáculos para acceder al sistema de justicia y que, incluso una vez iniciado el proceso judicial, deben enfrentar prácticas judiciales que restringen o anulan el real ejercicio de sus derechos.
En ese sentido, la Defensoría del Pueblo ha advertido la existencia de problemas en la investigación y sanción de procesos judiciales por violencia contra la mujer, pues se presentan problemas que presenta el sistema de justicia en la tramitación de los procesos judiciales por violencia de género, frente a lo cual los magistrados deben cumplir un rol fundamental como garantes de los derechos de las mujeres víctimas de violencia.
Al respecto, nuestra institución ha planteado la necesidad de fortalecer la respuesta del sistema de justicia frente a los casos de violencia contra la mujer. En tal sentido, la tramitación de los casos por parte de los jueces, juezas y fiscales debe llevarse a cabo desde una perspectiva protectora de las mujeres víctimas de violencia, para lo cual es necesario conocer y aplicar el principio de la debida diligencia, establecido en la Convención “Belém do Pará” –ratificada por el Perú–, y desarrollado por la jurisprudencia internacional.
Así, la obligación internacional asumida por el Estado peruano es “fomentar la educación y capacitación del personal en la administración de justicia, policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de la ley, así como del personal a cuyo cargo esté la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer”.
De igual manera, la Defensoría del Pueblo considera que la creación y el adecuado funcionamiento de los Centros de Emergencia Mujer (CEM) del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) constituyen un logro de vital trascendencia. Por este motivo, se recomendó al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social que pusiera especial atención en que los CEM con los que cuenta en la actualidad el referido ministerio cumplan con el modelo de convergencia multisectorial. Asimismo recomendó que dicho modelo sea aplicado a los CEM que se creen en adelante.
En esa línea, se hace necesario insistir para que las autoridades responsables adopten las medidas necesarias que garanticen en nuestro país el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres, como la integridad personal, el acceso a la justicia y el derecho a una vida libre de violencia, para lo cual se debe tomar en cuenta las necesidades particulares de las mujeres al momento de diseñar e implementar las políticas públicas, así como a incorporar en ellas la perspectiva de género para eliminar toda posibilidad de discriminación.
Todo ello es especialmente necesario en el caso de aquellas mujeres que viven en situación de pobreza y que conforman una consistente presencia en nuestras comunidades andinas y nativas, que también son víctimas de violencia y, en razón de ello, se convierten en un motivo importante que compromete y promueve la tarea defensorial.
En ese sentido, todos y todas, hombres y mujeres tenemos que asumir el compromiso de sumar esfuerzos en esta agenda –todavía pendiente– de que se propicie la erradicación de la violencia contra la mujer en todas sus formas. De todos y todas depende la transformación cultural de nuestro país.
El ejercicio de los derechos fundamentales de las mujeres en condiciones de igualdad es el presupuesto indispensable para instaurar una cultura de paz y para consolidar, definitivamente, el Estado democrático.
Roslin Villanueva Ramírez
Coordinadora del Módulo de Atención Defensorial de Chimbote
Defensoría del Pueblo
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Foto: generoypobreza.blogspot.com