ELECCIONES 2026 | ONPE aprueba formatos para presentar información financiera de campaña
Creado el Martes, 11 de Marzo del 2025 12:52:32 pm | Modificado el 01/04/2025 11:24:48 pm

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) actualizó y aprobó los formatos y anexos para que las organizaciones políticas y candidatos presenten la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de los próximos comicios generales, regionales y municipales, así como sus respectivas elecciones primarias.
Según la Resolución Gerencial N.º 000001-2025-GSFP/ONPE, publicada el último 9 de marzo, en el diario oficial El Peruano, para el caso de las organizaciones políticas, se establece un formato para el registro central de aportaciones e ingresos. Se incluyen anexos para el saldo inicial, aportaciones individuales en efectivo y en especie, ingresos por actividades de financiamiento proselitista, detalles de actividades y otras entradas de campaña política y datos confidenciales de los aportantes.
Asimismo, la entidad electoral aprobó un formato para el registro central de gastos y sus anexos para reportar los pagos de propaganda electoral en medios de comunicación, entre otros.
Para el caso de los candidatos o sus responsables de campaña electoral, la norma establece los formatos para registrar las aportaciones e ingresos, así como los desembolsos. En el primer caso, se incluyen tres anexos: uno destinado al detalle de actividades para generar ingresos, otro para los datos confidenciales del candidato o responsable de campaña, y el último para recabar información de los aportantes.
La resolución, en sus considerandos, recuerda que la Ley N.º 28094 establece que las organizaciones políticas pueden recibir aportes o ingresos procedentes del financiamiento privado. Estos pueden ser mediante cuotas y contribuciones en efectivo o en especie de cada aportante como persona natural y persona jurídica nacional, incluido el uso de inmuebles, a título gratuito, que no superen en un año calendario el equivalente a 200 unidades impositivas tributarias (UIT) por aportante para cada organización política, sin superar los 500 UIT al año, sin importar el número de organizaciones políticas a las que aporte.
La misma norma señala que la verificación y control externos de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas corresponden a la ONPE y comprende todos los procesos electorales en los que participe, así como sus respectivas elecciones primarias.
Además, la resolución detalla que la referida ley establece que las organizaciones políticas y sus candidatos o sus representantes de campaña, según corresponda, presentan al organismo electoral, en dos entregas obligatorias, la información financiera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña.
La ONPE establece los plazos para la presentación y publicación obligatoria de esta información, a partir de la convocatoria a elecciones. La primera entrega corresponde a las primarias. (K.C. – RSD Noticias).