¿Inconstitucionalidad o modificatoria de la Ley 30003?
Creado el Miércoles, 15 de Mayo del 2013 04:09:12 pm
Hemos sido testigos de marchas y protestas por parte de los pescadores contra la Ley 30003; algunos han opinado por la derogatoria de la ley y otros por la inconstitucionalidad. A quienes presumiblemente les favorecería la norma es a los jubilados, que han venido pasando penurias y han visto la posibilidad de una pensión de jubilación máxima de 660 soles; sin embargo, ¿dicha pensión hasta cuándo les duraría? ¿O será renta vitalicia? Eso es lo que la norma no señala expresamente ni se reglamenta para tener una idea clara, porque si el pescador se afilia a la AFP será hasta cuando se termine los fondos de su cuenta individual de capitalización, porque empezará con aportes cero.
Entonces, a fin de que no se dilate la solución al problema, los jubilados piden la derogatoria de la Ley 30003 en el Congreso de la República. Pero, conociendo que el Congreso ha sido renuente a solucionar el problema de los pescadores por muchos años y, al fin, después de algunas conversaciones y debates se promulgó dicha ley sin analizar la realidad de cada sector de la pesca, ya que la realidad remunerativa de un tripulante es diferente a la del motorista, del patrón de pesca o del capitán de pesca, a través de la modificatoria sería el camino más corto para solucionar el problema, pero para ello se necesita la voluntad política de los gobernantes y la disposición de los recursos presupuestarios para atender las necesidades de los pescadores del pasado, el presente y el futuro.
De otro lado, hablemos del proceso de inconstitucionalidad, cuya demanda se presenta ante el Tribunal Constitucional con la firma de 5 mil ciudadanos debidamente certificada por el JNE. El efecto de la sentencia de inconstitucionalidad significa dejar sin efecto la norma, pero no tiene efecto retroactivo; es decir, si algún pensionista adquiere un derecho mínimo menor a los 660 soles mensuales, no tendría derecho a una nueva pensión si se consigue mejores beneficios con una nueva ley.
Por dicho motivo, se hace necesario que los pescadores a la brevedad posible puedan interponer la demanda de inconstitucionalidad porque la Ley 30003 es discriminatoria en lo que se refiere al tope de pensiones, no establece los devengados de las pensiones que adeuda la CBSSP, no prohíbe a los pescadores listos para jubilarse pasar a una AFP. En sí, es una ley con efectos paliativos que es rechazada por los pescadores y cuya lucha nosotros apoyamos, sea por cualquier medio legal.
Sabino Ponce Roso
Decano del Colegio de Abogados del Santa
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