¿Al decano hay quién lo defienda?
Creado el Miércoles, 24 de Abril del 2013 04:46:03 pm
Es decir, en 4 días se desarrolló el juicio oral con sentencia condenatoria. Pregunto: ¿por qué tanto apuro? La respuesta la sabe cada uno de ustedes. Sin embargo, como cualquier ciudadano, amparado en el artículo 139º inciso 20 de la Constitución Política del Perú, tengo derecho a formular análisis y críticas a la sentencia judicial.
En primer lugar, las notificaciones hechas al decano han sido en diversos lugares, con carácter de urgencia, incluida la sede del Colegio de Abogados, con filmaciones y toma de fotos, sumadas con insultos, agravios y burlas en los lugares donde anteriormente viví. ¿Eso permite el nuevo Código Procesal Penal? Creo que no.
Asimismo, el día 11 de abril fui citado a juicio oral e increíblemente asumía una nueva jueza el despacho y, como en otros procesos, se programa nueva fecha; sin embargo, con absoluto desconocimiento del proceso, se llevó a cabo la primera audiencia, la que fue suspendida y programada para el día 15 de abril, juicio oral que duró más de 5 horas continuas, desde las 5.30 de la tarde hasta las 10.46 de la noche, atentando contra la integridad del querellado.
Culminada dicha audiencia, se citó a la lectura de sentencia para el día 17 de abril; es decir, 2 días después, con una celeridad de gacela. Vuelvo a preguntar: ¿por qué tanto interés en avanzar dicho proceso? Pero lo más lamentable es que la jueza no ha tomado ningún valor a las pruebas aportadas que han acreditado el cuestionamiento a la conducta del fiscal, sobre las cuales formulara mi crítica u opinión. Nunca afirme la palabra “corrupto”, dije “creo”, que es una creencia, un pensar; sin embargo, igual se me condenó. No se ha ponderado los derechos fundamentales de la libertad a la opinión y a la difusión del pensamiento frente al derecho al honor, la buena reputación, la intimidad personal y familiar.
Existe reiterada jurisprudencia que sopesa dichos derechos y criteriosamente señalan que el derecho a la libre opinión, a la crítica y al pensamiento prima sobre el derecho al honor, sobre todo cuando son funcionarios públicos que están sujetos a críticas por la sociedad civil en el cumplimiento de sus funciones; así lo han dejado establecidos el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema de la República y la Corte Interamericana de Derechos Humanos; solo se exceptúa cuando al criticar u opinar se agravia la intimidad personal o el honor con el ánimo jocoso o de burla, situación que no ha sucedido en el presente caso debido a que hubo la expresión de creencia y dicha opinión o crítica fue como respuesta al resultado del referéndum donde los abogados desaprobaron categóricamente a dicho fiscal y por la percepción de la ciudadanía y la sociedad civil como muestra de rechazo a la gestión como presidente de la Junta de Fiscales.
Las autoridades se burlan, nos quieren tomar de idiotas a todos los chimbotanos, porque la verdad es que se pretende callar mi voz, como así lo ha expresado el obispo de Chimbote. Aun más, hace pocos días el congresista oficialista Abugattas ha dicho que el Ministerio Público es altamente corrupto e incluso ya tomó la denuncia de los archivamientos del caso “La Centralita”. ¿Acaso no es cierto que hayan existido hasta 7 fiscales cesados irregularmente por atreverse a denunciar? ¿No es cierto que las muertes del fiscal Sánchez Colona, del niño Manuelito, de Omar Castro, del periodista Flores, del hijo de Nolasco, del exalcalde Tapia no han avanzado mucho y hasta el día de hoy no hay un sentenciado?
Increíble, pero cierto. ¿Será porque hay algo de por medio o qué otros intereses? Sin embargo, al decano de los abogados, por expresar el sentir de la sociedad civil, se le condena en días. Qué arbitrariedad, ¿verdad? Bueno, ¿tal vez el decano no tenga quién lo defienda? ¡Se equivocan!, porque sí hay quién me defienda: la sociedad civil y Dios, que es justo en todo.
Sabino Ponce Roso
Decano del Colegio de Abogados del Santa
Escuche la versión radial de LA COLUMNA DEL DÍA
{audio}columnaponce201313.mp3{/audio}
Las opiniones contenidas en los artículos publicados en la sección “LA COLUMNA DEL DÍA” son de estricta responsabilidad de sus autores.