PRODUCE retoma el orden y control en la pesca
Creado el Lunes, 4 de Noviembre del 2013 10:27:16 pm
Cuando era preocupante la calma de PRODUCE luego del fiero encontrón mediático con la Sociedad Nacional de Pesquería (que hacía suponer su claudicación ante este poderoso ente empresarial) la grata sorpresa que va dejando la emisión de las recientes normas legales corrigiendo taras en el control del sector e instalando el orden y la legalidad, devuelve la confianza en la mano firme de la ministra Gladys Triveño.
Y es que no solamente ha arremetido contra el desorden instalado en el sector de la pesca industrial, sino que no le ha temblado la mano al momento de firmar normas que buscan acabar con la producción ilegal de harina de pescado con la anchoveta proveniente de las embarcaciones de menor escala que debería ir al consumo humano directo, acción que ha generado la inmediata reacción de quienes lucran con esta ilícita actividad. El débil soporte técnico en el cual basaron sus argumentos en una reciente marcha pidiendo la salida de la ministra Triveño, es muestra de ello y solamente ha dejado en evidencia su lógico temor a perder los hilos de este ilegal negocio que les ha permitido construir su gran poder económico y al que buscan aferrarse desesperadamente mediante amenazas y presión política.
Para encontrar la verdadera causa de su molestia, veamos la Resolución Ministerial N° 309 – 2013 – PRODUCE, publicada el pasado 18 de octubre en el diario oficial “El Peruano”. ¿Qué novedades trae? La aprobación de una Directiva que ha escarapelado el cuerpo de quienes se han enriquecido con el descontrol reinante, pues con ella se pone fin al negociado y mal uso de convenios de abastecimiento entre armadores de menor escala e inescrupulosos industriales, y acaba con la proliferación de guías de remisión “bambas” en el desvío de la anchoveta a la producción ilegal de harina de pescado.
Con ella se regulan tales convenios y se establece la obligación del titular del establecimiento de procesamiento pesquero para Consumo Humano Directo (CHD) a celebrar los mismos, sin que el monto comprometido a recibir, supere su capacidad autorizada de producción más el 20% de tolerancia, sin perjuicio de los niveles de descartes y residuos contemplados en la normatividad vigente. Con esta medida se garantiza que el proceso de descarte se realice en la misma planta de procesamiento y desde allí salga con su respectiva guía de remisión hacia las plantas de reaprovechamiento y no como se ha venido haciendo hasta ahora, es decir, del mismo muelle a dichas plantas. Por otro lado, los convenios suscritos que se encuentran vigentes, solo surtirán efecto hasta el 13 de diciembre del 2013, y los nuevos tendrán como plazo máximo para presentarse ante PRODUCE o las Direcciones Regionales de la Producción, el 20 de diciembre.
Asimismo, el martes 29 de octubre se ha publicado en el mismo diario oficial, el Decreto Supremo N° 008-2013-PRODUCE, con el que se buscará dar fin al conflicto de intereses generado en la supervisión de las descargas de pesca, pues los servicios que brindan las supervisoras SGS y CERPER son cancelados por las mismas empresas que son fiscalizadas, aparte que les prestan otro tipo de servicios, como la certificación de sus productos. Con esa intención, se ha aprobado el Reglamento del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional y en su artículo 5° deja establecido que las empresas contratadas para realizar esta labor, no podrán prestar algún tipo de servicio, asesoría, consultoría ni realizar labores directas para los sujetos que supervisen, que generen algún conflicto de intereses durante el plazo que dure el contrato.
El objetivo que se ha fijado este programa, es el de combatir las actividades ilegales de extracción, desembarque, producción, procesamiento y comercialización de productos hidrobiológicos, de sus descartes y residuos, así como las actividades ilegales en el sector acuícola. En su ámbito de aplicación han sido comprendidas las embarcaciones artesanales, las de menor escala y también las de mayor escala. Asimismo, han sido comprendidas en este programa, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos, e inclusive las personas naturales o jurídicas que realicen las actividades de transporte y comercialización de recursos o productos hidrobiológicos destinados tanto para el consumo humano directo como para el indirecto.
Es preciso señalar que esta norma ha puesto especial atención en el transporte, toda vez que las cámaras frigoríficas con anchoveta y los camiones con sacos de harina de pescado han venido circulando sin el debido control, en la mayoría de los casos con convenios suscritos que superan en 1000% la capacidad autorizada de la planta procesadora; otros, con convenios negociados ilícitamente, previo pago de 20 dólares por tonelada; y en otros muchos casos con guías de remisión “bambas”. Con esta resolución ministerial recientemente publicada, constituye ahora una infracción administrativa, transportar vía terrestre harina residual de recursos hidrobiológicos, harina y/o aceite de pescado sin el correspondiente certificado de procedencia, e inclusive se procederá a su respectivo decomiso. Las empresas supervisoras están obligadas, además, a coordinar con el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y los Gobiernos Regionales, según sea el caso, para garantizar el adecuado cumplimiento de las acciones de supervisión; debiendo poner en conocimiento inmediato de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización la presunta comisión de ilícitos penales que tuviere conocimiento en la ejecución del programa.
Otra de las tareas comprendidas en este programa, es el de vigilar y controlar el correcto funcionamiento de las tolvas electrónicas u otro sistema de pesaje autorizado y de la vigencia del Certificado de Calibración de dichos equipos, emitida por la autoridad competente. Con esta medida, se piensa acabar con las altas discrepancias que existen entre el peso declarado por el patrón de la embarcación y el peso descargado, y que a veces llega a un escandaloso 30%. Se ejercerá también un estricto control en lo referente a los límites de tolerancia en tallas y pesos menores a los permitidos, tanto en las embarcaciones como en los lugares de descarga, y se impedirá el descarte de juveniles en altamar.
Por último, el 1 de noviembre se ha publicado la Resolución Ministerial N° 325 – 2013 – PRODUCE, en la cual se ha prorrogado la ejecución del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, a cargo de CERPER y SGS, hasta el 31 de marzo de 2014.
Todas estas medidas encaminadas a poner orden y extender la mirada vigilante de PRODUCE son las que realmente le molestan a quienes lucran aprovechando el desorden y la informalidad. Ahora que usted ya las conoce: ¿hay motivos para pedir la salida de la ministra?
César Córdova Ponce
Director de la revista “La Voz del Pescador”
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