Chimbote: presentan pedido de vacancia contra regidor de Áncash a la Obra
Creado el Jueves, 18 de Marzo del 2021 08:54:22 pm
El ciudadano de Chimbote, Aldo Rodríguez Uceda, solicitó formalmente la vacancia del regidor de la Municipalidad Provincial del Santa (MPS), Eder Andrés Ybáñez Pumaricra, de las filas del movimiento oficialista Áncash a la Obra que lidera el alcalde Roberto Briceño Franco.
La solicitud cursada el lunes 15 de marzo está dirigida precisamente al alcalde Briceño Franco, ante quien Rodríguez Uceda expone sus razones.
Explica que, según el Informe de Orientación de Oficio n° 042-2020 emitido por el Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Áncash (GRA), el concejal Ybáñez Pumaricra fue contratado como apoyo administrativo en el área de Tesorería de la Subregión Pacífico (unidad ejecutora del GRA) desde junio de 2019 hasta setiembre de 2020.
Ante dicha situación irregular. el 1 de setiembre de 2020 la Dirección de Gestión de Riesgos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) emitió el informe n° 91-2020/DGR-SIRE señalando que el regidor en cuestión está impedido de contratar con el Estado en el ámbito de su competencia territorial, desde el 1 de enero de 2019 hasta un año después del cese de su cargo.
Por tal razón, el ciudadano solicitante sostiene que el concejal Andrés Ybáñez Pumaricra incurrió en la causal de vacancia prevista en el artículo 22, inciso 9, de la Ley Orgánica de Municipalidades, la cual remite a la causal establecida en el artículo 63 de la misma ley sobre restricciones de contrataciones.
Dicho artículo precisa que “el alcalde, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar obras o servicios públicos municipales ni adquirir directamente o por interpósita persona sus bienes. Se exceptúa de la presente disposición el respectivo contrato de trabajo, que se formaliza conforme a la ley de la materia. Los contratos, escrituras o resoluciones que contravengan lo dispuesto en este artículo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales a que hubiese lugar, inclusive la vacancia en el cargo municipal y la destitución en la función pública”.
Rodríguez Uceda sostiene que si bien el artículo señalado hace una excepción respecto de los contratos de trabajo que se formalicen conforme a la ley de la materia, “esto nos lleva al artículo 11 de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, que dispone que cualquiera sea el régimen aplicable, están impedidos de ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas, incluso en contrataciones iguales o inferiores a 8 UIT, los regidores en todo el proceso de contratación en el ámbito de su competencia territorial durante el ejercicio del cargo hasta 12 meses después de haber concluido el mismo”.
Por todo ello, sostiene que la contratación de Ybáñez Pumaricra en la Subregión Pacífico violó la ley, por lo que demandó fprmalmente al alcalde Briceño Franco que requiera la vacancia del referido concejal. El caso tendrá que pasar al pleno del concejo para su evaluación y votación.
OPINIÓN LEGAL
Al respecto, el abogado Pablo Rioja Cueva, experto en derecho constitucional y administrativo, opinó que el caso del regidor de Áncash a la Obra no constituye causal de vacancia.
“No está impedido de contratar con el Estado porque la restricción invocada está limitada al ámbito municipal, conforme a la propia Ley 27972, y alcanza a la jurisdicción en que ejerce el cargo, en concordancia con normas de carácter complementario”, puntualizó el también exregidor de la MPS. (RSD Noticias).