LA COLUMNA DEL DÍA | Racismo: un problema local e internacional
Creado el Viernes, 5 de Junio del 2020 02:10:52 am
La reciente muerte del ciudadano afroestadounidense George Floyd nos ha conmovido y llamado a la reflexión. Inmediatamente luego de la difusión del vídeo donde el oficial Derek Chauvin asfixiaba poco a poco a Floyd, presionando su rodilla en su cuello, la noticia llegó a distintos rincones como un recordatorio de la todavía pendiente tarea para eliminar la discriminación racial en Estados Unidos y también en el resto del mundo. La presión social no pudo esperar, y a la fecha de emisión de esta opinión, se registraba la novena jornada de protestas en dicho país.
Estados Unidos tiene un viejo relato racista, justificado no solo por la legitimidad que le otorga la opinión de una sociedad y su costumbre, sino también, por el orden legal de sus instituciones a través del tiempo. Basta recordar que, tras la participación de Abraham Lincoln, los estados del sur, descontentos ante la victoria de los estados del Norte (Unión), establecieron distintas leyes para restringir la libertad de la población afrodescendiente. El resentimiento de la experiencia en la Guerra civil estadounidense entre 1861 y 1865 y la presencia del presidente Rutherford Birchard, permitiría extender el espíritu discriminador.
Las restricciones a las libertades son obstrucciones a los derechos fundamentales. Narrar tal cronología requeriría una prolongación que me gustaría enfatizar, tan solo en una de sus ramificaciones, en las deplorables leyes Jim Crow comprendidas entre 1876 y 1965. Estas leyes contaban con un reconocimiento jurídico de distintas legislaturas estatales y tenían como objetivo principal el ejercicio de una segregación racial bajo la doctrina jurídica “separados pero iguales” o en inglés “separate but equal”. Así pues, la población afrodescendiente ocupaba los asientos posteriores de los autobuses, recurrían a aseos públicos diferenciados de la población blanca, se les aplicaba toques de queda, eran segregados territorialmente, segregados en el trabajo, universidades, hospitales, impedidos de sufragar hasta 1965, entre otras razones que daban cuenta de la ruptura diferenciada en la sociedad.
Hoy que ponemos en la palestra la discusión del racismo, sería bueno revisar si la casa está en orden, mirar cómo vivimos el racismo en el Perú. No debería retrasarse el consenso por saber que somos un país racista. No solo por las expresiones, burlas o insultos hacia la comunidad afroperuana, sino por el lugar histórico que han tenido. Su falsa representatividad en la creación del Perú republicano, su nula participación en espacios deliberativos o su ausencia en las políticas educativas interculturales son prueba suficiente de su abandono, razón que les ha permitido obtener la categoría, como ha definido la Defensoría del Pueblo, de grupo de especial protección.
Será importante recordar cuál es el progreso real del Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020, por el momento se sabe que su implementación ha sido paulatina, con especial prioridad por el Ministerio de Cultura, aunque su institucionalidad deberá comprender otras carteras como el de Educación o Trabajo, todo sobre la base de indicadores claros, capacitaciones periódicas y el fortalecimiento de competencias en las unidades orgánicas correspondientes.
La discriminación es una constante en la agenda global y por ello no es raro encontrar una vasta normativa internacional al respecto, la misma que ha desarrollado obligaciones y principios para los estados y cuya meta es garantizar la eliminación de la discriminación y la protección de los afectados. Este aparato no solo se celebra en el derecho internacional moderno, sino también en distintos instrumentos internacionales. Ello puede verse en los principales pactos internacionales de derechos humanos, el de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como el de Derechos Políticos y Civiles. Probablemente el instrumento más representativo sea la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Raciales, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1963. Así pues, la Convención goza de la vigilancia y monitoreo responsable del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD), integrado por 18 expertos y expertas independientes cuya renovación sucede cada 04 años. Una de las tareas más emblemáticas del Comité es la evaluación de los informes de los estados, evidenciando o no, el grado de cumplimiento derivado de sus obligaciones legales en relación a la Convención.
Las profundas diferencias en Estados Unidos han prolongado manifestaciones que han promovido la violencia. Nunca se desea protestas violentas, pero cuando ocurre, siempre como respuesta a un poder arbitrario y opresivo, entonces la violencia es legítima y signo de la experiencia humana desbordada.
*Diego Mendoza Franco es ingeniero industrial, egresado del Programa de Gobernabilidad, Gerencia Política y Gestión Pública de la PUCP y el CAF, coordinador del Círculo de Relaciones Internacionales y Derechos Humanos Aleph, promotor de los ODS por el Senado de Buenos Aires, Parlamentario Joven Nacional y activista social.
Ilustración: DRAW MY LIFE en Español / Youtube