Confirman sentencia a exdirector de “La Caleta” por nombramiento indebido de cargo
Creado el Miércoles, 8 de Junio del 2022 06:32:28 pm | Modificado el 09/06/2022 04:09:13 pm
La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa confirmó la condena por el delito de nombramiento indebido para cargo público, impuesta al exdirector del hospital La Caleta, Antonio Arnulfo Solórzano Pérez.
Del mismo modo, se declaró infundado el recurso de apelación planteado por Roberto Méndez Lee y Abel Mendoza Escobar, quienes incurrieron en el delito de aceptación indebida de cargo público. A los tres, el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal les impuso el pago de setenta días de multa y una reparación civil de 3 mil soles.
El proceso penal se inició con la denuncia presentada por Denise Medina Moreno, secretaria general regional de la Federación Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud (Fenutssa) de Áncash, que señalaba que el 13 de junio de 2018, Solórzano Pérez, director del nosocomio, designó a Méndez Lee como jefe de la Unidad de Personal, y el 3 de julio de ese año nombró a Mendoza Escobar, como jefe de la Unidad de Logística del nosocomio.
Ambos, no contaban con los requisitos legales para acceder a esos cargos, entre ellos, el título universitario.
Con el fallo de primera instancia en contra, los sentenciados decidieron interponer un recurso de apelación. La defensa de Solórzano Pérez argumentó que la designación de ambos cargos en el 2018, eran necesarios para que no se paralice el funcionamiento de dichas áreas, y que la designación fue sin ninguna remuneración, por lo que no existió perjuicio al Estado. Agregó que los hechos ya habían prescrito.
Por su parte, los otros dos apelantes, señalaron que para la designación de cargos en base al D.L. 276 y la Ley Marco de Entidad Pública, existe una confusión en el Ministerio Público respecto a los términos nombramiento y designación. Añaden que la jurisprudencia del Tribunal Servir, separa estas dos terminaciones para resolver conflictos entre nombramiento y designación.
Tras el respectivo análisis, los integrantes de la Primera Sala Penal de Apelaciones consideraron que el delito sí se cometió, por lo que decidieron confirmar el fallo de primera instancia. Los sentenciados decidieron interponer recurso de casación. (C.I. – RSD Noticias).