Precisiones sobre inclusión de tráfico de especies en alcances de la ley de crimen organizado
Creado el Lunes, 14 de Noviembre del 2022 04:48:50 pm | Modificado el 17/11/2022 07:57:56 pm
Con 93 votos a favor y ninguno en contra, el 3 de noviembre, en el Pleno del Congreso, aprobó que la inclusión del tráfico ilegal de especies silvestres dentro de los alcances de la Ley Contra el Crimen Organizado, lo que permitirá que los persecutores del delito tengan más herramientas para hacerle frente a ese lucrativo delito y, además, conseguir penas más severas para quienes lo comentan.
Esto implica que, una vez la norma sea publicada por el Congreso (porque fue aprobada por allanamiento, tras una observación del Ejecutivo) los delitos de tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre; depredación de flora y fauna silvestre; tráfico ilegal de recursos genéticos; extracción y procesamiento ilegal de especies acuáticas, y tráfico ilegal de especies acuáticas se podrán investigar y juzgar al amparo de la Ley 30077, Ley contra el crimen organizado.
Frente a algunos cuestionamientos, porque la norma presuntamente afectaría a los pescadores artesanales que pesquen algunos recursos en tallas menores, el abogado ambientalista César Ipenza Peralta señaló que hay un error en esa percepción.
“Un pescador que está realizando una faena de pesca en definitiva no podría ser procesado por esta ley porque no es parte de una organización criminal”, enfatizó el experto en declaraciones a RSD.
Ipenza Peralta detalló que para que una investigación por tráfico de especies de flora y fauna silvestre se realice dentro de los alcances de la Ley contra el crimen organizado debe cumplir 11 condiciones, entre estas ser una organización con una estructura de más de tres a más personas, con distribución de tareas, empleo de violencia, uso de estructuras comerciales o de negocio, una dinámica de movilidad internacional, entre otros, prácticas que no son propias de un pescador artesanal.
“Lamentablemente en el país los miembros de las organizaciones criminales son los que azuzan a los pequeños y artesanales para decirles esta ley es peligrosa, porque claramente afecta los intereses de esas organizaciones criminales”, indicó.
La norma es de gran importancia –según varias organizaciones conservacionistas– porque permitirá a las fiscalías pedir levantamiento del secreto bancario y reserva tributaria, usar técnicas como el de agentes encubiertos, incautación y decomiso, entre otras para sus pesquisas.
El tráfico ilegal de vida silvestre es la cuarta actividad ilícita más lucrativa del mundo, luego del tráfico de armas, drogas y la trata de personas. Este delito moviliza en el mundo unos 20 mil millones de dólares al año. Según el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), en Perú cada año se decomisan más de 5000 especímenes de fauna silvestre proveniente del tráfico, entre estos se contabilizan aletas de tiburón, colmillos de jaguar, caballitos de mar, entre otros. (M.E. - RSD Noticias).