Mercado Progreso: Sala revisará las 2 acciones de amparo declaradas improcedentes
Creado el Lunes, 12 de Octubre del 2020 09:26:06 am | Modificado el 06/10/2021 01:36:36 pm
Las pretensiones planteadas por los comerciantes del Mercado Progreso, contenidas en dos acciones de amparo que presentaron contra la Municipalidad Provincial del Santa, serán evaluadas por alguna de las Salas Civiles de la Corte Superior de Justicia del Santa, instancia superior que resolverá si concede o no los pedidos de los vendedores.
La Asociación de Comerciantes, representada por su presidente Manuel Alejos Cisneros, ha presentado a la fecha dos acciones de amparo: la primera evitar la aplicación del cambio de uso del terreno de comercio a salud, y la segunda para frenar el desalojo y demolición del mercado. RSD revisó ambos expedientes judiciales.
La MPS busca desalojar a los comerciantes del citado mercado para facilitar la construcción del Hospital Progreso, un proyecto valorizado en más de 40 millones de soles, cuyo expediente técnico aún no puede ser aprobado por el Pronis porque el terreno no está liberado.
PRIMERA ACCIÓN DE AMPARO
Es la consignada con el Expediente N° 00731-2020-0-2501-JR-CI-02, a cargo del Segundo Juzgado Civil, que dirige el juez Edward García Marín.
Mediante esta acción de amparo los comerciantes demandaron que el juez declare la inaplicación de la Ordenanza Municipal N° 002-2020-A/MPS, del 22 de febrero de este año, porque consideran que viola la inmutabilidad de la cosa juzgada, debido proceso, entre otros, porque dispone el cambio de uso del terreno del mercado de comercio a salud, pese a que existe una sentencia del Segundo Juzgado Civil (Expediente Nº2408-2009) que avala el cambio de uso de comunal a comercial del mismo predio.
El 15 de julio, mediante la Resolución N° 1, el juez García Marín argumentó que la pretensión postulada busca cuestionar los actos administrativos, pero estos se pueden reclamar por otras vías judiciales no extraordinarias, como lo es una acción de amparo, y, además, la sola expedición de la ordenanza de cambio de uso no constituye riesgo inmediato de desalojo, por lo tanto declaró la improcedencia de esta acción de amparo.
La Asociación de Comerciantes apeló, aduciendo que la decisión del juez tiene errores de hecho y derecho, y el 30 de setiembre el mismo magistrado concedió la apelación con efecto suspensivo, y ordenó que el caso pase a Sala para su revisión.
SEGUNDA ACCIÓN DE AMPARO
Se trata del expediente N° 01108-2020-0-2501-JR-CI-04, en manos del Cuarto Juzgado Civil de la Corte del Santa, dirigido por el juez Christian Romero Hidalgo.
Con este recurso los comerciantes buscaban que el juez ordene que la MPS “suspenda toda acción de desalojo y demolición del mercado Progreso, por atentar contra sus derechos constitucionales al debido procedimiento, legítima defensa y derecho al trabajo”.
El 18 de setiembre, el juez Romero Hidalgo declaró improcedente esta acción de amparo. En su resolución manifestó que el cambio de uso del terreno de comercial a salud, cuestionado por los comerciantes, “es de acuerdo a ley” porque es parte de las competencias del municipio. Agregó que no advierte ninguna vulneración al trabajo, porque por “por encima de un derecho particular de un grupo de personas (los comerciantes), se encuentra el bienestar de la sociedad (quienes se verían beneficiados con la construcción del hospital).
Esta decisión judicial también ha sido apelada por los comerciantes. El juez Romero, mediante resolución 2 del 24 de setiembre, concedió la apelación también con efecto suspensivo y elevó el expediente a la Sala Civil.
Se conoce que sumado a estas dos acciones inmediatas, los comerciantes también han presentado una demanda contenciosa administrativa que resolverá el fondo del asunto, pero en plazos más largos. (ME – RSD Noticias).