Jurado Electoral excluye a candidata Norma Alencastre
Creado el Jueves, 19 de Diciembre del 2019 03:39:48 pm | Modificado el 06/10/2021 01:35:03 pm
El Jurado Electoral Especial de Huaraz resolvió excluir de estas Elecciones Congresales Extraordinarias a la candidata de Somos Perú, Norma Alencastre Miranda, por no haber declarado cuatro propiedades inmuebles en su hoja de vida presentada ante el Jurado Nacional de Elecciones.
De acuerdo a la Resolución N° 312-2019-JEE-HRAZ/JNE, este colegiado también dispone que se remitan copias certificadas del presente caso al Ministerio Público, a fin que proceda según sus atribuciones, pues se considera que Alencastre Miranda presentó información falsa, lo que de acuerdo a las normas constituye un delito.
Como es de conocimiento público, el JEE de Huaraz había abierto proceso de exclusión contra la candidata por no haber declarado cuatro propiedades, tres de Chimbote y una de Trujillo. En su defensa la aspirante señaló que los inmuebles de Chimbote era independizaciones de un bien que sí declaró, y sobre el inmueble de Trujillo, este no lo declaró porque estaba en proceso de transferencia para lo cual el 15 de julio había firmado un contrato privado de compra-venta, cuyas firmas fueron certificadas este martes 17 de diciembre, porque así lo habían acordado las partes.
La autoridad electoral ha señalado en su resolución de exclusión que en aplicación del principio de especialidad registral, resulta irrelevante que se haya declarado únicamente el inmueble matriz, cuando correspondía la declaración de las tres propiedades, porque como reconoce el mismo personero legal son propiedades independientes, más aún porque la independización no conllevó la desaparición del inmueble principal.
Respecto a la propiedad de Trujillo, el JEE de Huaraz indicó que cuando se terminó de llenar la hoja de vida de la candidata, que fue el 16 de noviembre último, ese bien aún estaba en propiedad de Norma Alencastre porque el contrato privado de compra-venta de fecha 15 de julio del 2019 recién produce eficacia jurídica a partir del 17 de diciembre de este año, cuando las firmas fueron certificadas ante notario público, por lo tanto debió declararlo como suyo.
Norma Alencastre aún puede apelar esta decisión ante el Jurado Nacional de Elecciones, ente que resuelve estos casos en última instancia. (ME – RSD Noticias).