Sabías que?
Creado el Miércoles, 10 de Febrero del 2016 11:25:42 pm
La Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis declara abolidos los modos de elección por aclamación y por compromiso, dejando únicamente el modo por escrutinio como válido.
El Papa era elegido por aclamación o inspiración si los Cardenales electores, "como iluminados por el Espíritu Santo, libre y espontáneamente, proclaman a uno, por unanimidad y de viva voz, Sumo Pontífice" (Constitución Apostólica Romano Pontifici Eligendo, artículo 63). La elección por compromiso tenía lugar si "en determinadas circunstancias particulares, los Cardenales electores encomiendan a un grupo de ellos el poder de elegir, en lugar de todos, al Pastor de la Iglesia Católica" (Constitución Apostólica Romano Pontifici Eligendo, artículo 64).
La elección por escrutinio, el único modo actualmente válido, tiene lugar a través de la votación, individual y secreta, de los Cardenales electores. La Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis prescribe que se deben realizar dos votaciones cada día, además de una votación la tarde en que comienza el cónclave. Para que sea válida la elección debe contar con dos tercios de los votos. El artículo 74 prevé que, si después de 24 escrutinios los Cardenales no consiguen ponerse de acuerdo sobre el Cardenal elegido, podrán decidir por mayoría absoluta el modo de proceder, pero nunca se deberá prescindir del requisito de exigir mayoría simple para que sea válida la elección.
Después de cada elección se queman las papeletas. La tradición indica que los Cardenales provoquen con paja seca o húmeda que el humo sea negro, si no se ha elegido al Papa, o blanco si se ha elegido al nuevo Romano Pontífice: es la conocida fumata negra o fumata blanca, que suele ver el pueblo romano desde la plaza San Pedro.