Municipalidades no gestionan adecuado funcionamiento de Libro de Reclamaciones
Creado el Martes, 29 de Noviembre del 2022 06:12:02 pm
Las municipalidades provinciales del Santa y Casma, y la distrital de Nuevo Chimbote no gestionan adecuadamente la implementación y funcionamiento del Libro de Reclamaciones, lo que limita al ciudadano el derecho de expresar su insatisfacción por el servicio recibido, advirtió la Contraloría General de la República.
En el marco de una veeduría ciudadana, un equipo de monitores ciudadanos de control alertó que en las áreas de atención al público de la Municipalidad Provincial del Santa no se cuenta con avisos visibles que orienten al ciudadano sobre la ubicación del Libro de Reclamaciones.
De igual manera, los monitores advirtieron que la persona encargada del área de Trámite Documentario no cuenta con resolución de designación para ejercer el cargo de la gestión de reclamos. Asimismo, la entidad no utiliza los formatos estandarizados de respuesta, aprobado por la norma técnica n.° 001-2021-PCM-SGP, además de no efectuar una evaluación de los reclamos.
Similar situación se observó en la Municipalidad Provincial de Casma, en donde también se carece de avisos al público sobre el uso de este instrumento que canaliza los reclamos ciudadanos. Aquí, adicionalmente, se observó que el encargado de la gestión de los reclamos sí cuenta con resolución, pero dicho documento no ha sido comunicado a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
En la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote se observó solo un aviso en el ingreso al local edil, sin embargo, no ocurre lo mismo en las oficinas administrativas de atención al ciudadano. En este caso, el funcionario encargado del Libro de Reclamaciones sí cuenta con resolución de designación, pero tampoco se ha comunicado a la PCM. Asimismo, no se realiza una evaluación de los reclamos presentados por los ciudadanos.
Estos hechos incumplen las disposiciones para la gestión de reclamos en las entidades de la administración pública, además dificulta que el ciudadano tenga acceso y libre disponibilidad del Libro de Reclamaciones y su reclamo no sea atendido en el plazo máximo de 30 días, establecido en el Decreto supremo 007-2020-PCM. (RSD Noticias).