Minsa aprueba listado de medicamento genéricos de venta obligatoria en farmacias y boticas
Creado el Lunes, 1 de Abril del 2024 01:33:30 pm | Modificado el 02/08/2024 11:02:51 am
El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó este lunes el listado de medicamentos genéricos que deben ser vendidos de forma obligatoria por las farmacias y boticas del país, el marco del Decreto de Urgencia N.º 005-2024, que dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a medicamentos genéricos a la población.
La Resolución Ministerial N.º 220-2024/MINSA publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, señala que las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud del sector privado “deben mantener disponibles o demostrar la venta y/o adquisición de un stock mínimo mensual del 30 % de la oferta total de cada uno de los medicamentos esenciales genéricos”, que figuran en el listado.
La lista incluye a 434 medicamentos genéricos, como el ácido acetilsalicílico, ácido fólico, amoxicilina, cefalexina, clonazepam, clorfernamina maleato, clotrimazol, dexametasona, diazepam, diclofenaco sódico, dicloxacilina, enalapril maleato, fluconazol, ibuprofeno, metformina clorhidrato, morfina clorhidrato, naproxeno sódico, omeprazol, orfenadrina citrato, paracetamol, prenidsona, salbutamol, entre otros.
La norma, firmada por el ministro de Salud, César Vásquez Sánchez, indica que el control y vigilancia para el cumplimiento de esta disposición estará a cargo de las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima Metropolitana y las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces a nivel regional como Autoridades Regionales de Salud (ARS), según corresponda.
Además, la supervisión de las acciones de control y vigilancia por parte de los órganos desconcentrados estará a cargo de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM). (K.C. – RSD Noticias).