ELECCIONES 2026 | Trabajadores de transporte aéreo, marítimo y terrestre podrán solicitar dispensa electoral
Creado el Miércoles, 26 de Marzo del 2025 12:14:56 pm | Modificado el 01/04/2025 11:24:52 pm

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el nuevo Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral que regirá para los futuros procesos electorales, en el que se precisan las recientes incorporaciones para solicitar una excepción al sufragio.
La norma, aprobada mediante Resolución N.º 0113-2025-JNE y publicado el último martes 25 de marzo en el Diario Oficial El Peruano, establece que los ciudadanos que realizan labores de transporte aéreo y marítimo, así como los choferes de buses interprovinciales, pueden presentar la justificación y dispensa, a partir del día siguiente de la fecha de la elección ante el JNE, a través del Sistema de Dispensa Virtual y excepcionalmente de forma presencial.
Los trabajadores que cumplen una función electoral como la organización, desarrollo y fiscalización, también pueden presentar la solicitud. Además, el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) podrá solicitar la justificación de los internos del Programa Nacional de Centros Juveniles (Pronacej). Los Centros de Emergencia Mujer, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, también pueden solicitar la dispensa de las mujeres que se encuentran bajo su protección y cuidado.
En el caso de fallecimiento de un familiar directo, se extiende el plazo de justificación a 10 días cuando el suceso ocurra en un lugar distinto al de sufragio.
El nuevo reglamento cuenta, además, con un nuevo concepto denominado “situación excepcional y razonable”, el cual especifica que si a una persona le ocurre un hecho inusual y ajeno a su control, que le imposibilita su participación en la jornada electoral, puede solicitar su justificación y dispensa.
Las medidas o acciones que se deriven de esta situación deben ser proporcionales, justificadas y adecuadas para tratar la circunstancia excepcional y no atribuirle a negligencia o desinterés del elector.
Por lo que, la causa debe afectar específicamente el período en que se debía cumplir con la obligación de votar y/o instalar la mesa de sufragio. Para ello, en el momento de presentar la justificación, la documentación debe contener pruebas suficientes para verificar la autenticidad del caso.
El documento precisa que, las oficinas desconcentradas del JNE tendrán la facultad de resolver las solicitudes de dispensa en primera instancia, y se reforzará la verificación posterior para prevenir el uso de documentos falsos.
De acuerdo con la norma, la Dirección General de Recursos y Servicios y la Dirección Nacional de Oficinas Desconcentradas tendrán la responsabilidad de anular actos administrativos en caso de fraude documental conforme a los alcances de la Ley de Procedimiento Administrativo General.
El JNE resaltó que este nuevo reglamento mejora la claridad, equidad y aplicabilidad del sistema de dispensas, que busca garantizar un equilibrio entre el cumplimiento de las obligaciones electorales y el reconocimiento de circunstancias excepcionales justificadas, además de ser más inclusiva y eficiente. (K.C. – RSD Noticias).