ELECCIONES 2026 | ONPE aprueba reglamento del financiamiento de fondos partidarios
Creado el Domingo, 23 de Marzo del 2025 02:14:06 pm | Modificado el 01/04/2025 11:24:52 pm

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, que permitirá a la entidad supervisar las finanzas partidarias y orientar a las organizaciones políticas y candidatos sobre transparencia y legitimidad de los recursos obtenidos y su utilización, para los próximos comicios electorales.
El reglamento fue aprobado mediante la Resolución Jefatural N.º 000030-2025-JN/ONPE y publicado en separata especial el último jueves 20, en edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El documento desarrolla aspectos sobre financiamiento privado y público directo, franja electoral, gastos de campaña electoral de las agrupaciones partidarias y candidatos, el registro contable y el control interno de los partidos políticos, entre otros. También abarca el control externo de la actividad económico-financiera, la transparencia y la rendición de cuentas durante una consulta popular de revocatoria.
Prohibiciones
El reglamento impide el uso del Financiamiento Público Directo (FPD) para la contratación de personas naturales con sentencia consentida o ejecutoriada, o con mandato de prisión preventiva vigente por delitos contra la administración pública, terrorismo, tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, entre otros.
Esta restricción aplica para las actividades de funcionamiento ordinario y específicas (formación, capacitación, investigación y difusión), y se extiende hasta la rehabilitación establecida en el artículo 69° del Código Penal.
De igual forma, prohíbe contratar con financiamiento público bienes y servicios con directivos que ejerzan poder de decisión dentro de la organización política y personas jurídicas vinculadas a ellos.
Defensa legal
Por otra parte, la norma establece que con financiamiento público se puede pagar el servicio de asesoría y patrocinio legal en material penal para directivos, dirigentes y/o voceros indagados por funciones partidarias. En caso se dicte sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada, el partido debe devolver los fondos empleados en la defensa técnica.
Además, se incorpora la obligatoriedad de que los partidos políticos beneficiarios del financiamiento público presenten ante la ONPE su programación de actividades y gastos, antes del inicio de un nuevo ejercicio anual, lo cual permitirá un acompañamiento constante, a través de visitas mensuales que realizará la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios.
Franja electoral
El reglamento incorpora artículos respecto a la franja electoral en las elecciones primarias y municipales, con mecanismos y formas de distribución de los espacios en medios de comunicación radiales, televisivos y digitales, para que las organizaciones políticas con candidaturas inscritas difundan sus planes de gobierno.
También plantea que las organizaciones políticas beneficiarias del financiamiento público tengan la potestad de destinar un porcentaje de estos fondos para actividades de formación, capacitación e investigación que contribuyan a la incorporación de las mujeres.
Además, incluye artículos relacionados con la recepción de aportes en efectivo por parte de personas naturales y jurídicas nacionales a una organización política, a través del Banco de la Nación, en el marco de lo establecido en el artículo 30-C de la modificada Ley de Organizaciones Políticas.
Para la versión final y definitiva de esta norma, la ONPE recibió sugerencias y comentarios de ciudadanos, partidos políticos y asociaciones, dentro de los 15 días posteriores a su publicación en la página web institucional y el diario oficial El Peruano, ocurrido el pasado 3 de marzo. (K.C. – RSD Noticias).