ELECCIONES 2020 | Está prohibida la propaganda electoral en radio y televisión
Creado el Jueves, 21 de Noviembre del 2019 12:25:39 pm | Modificado el 06/10/2021 01:34:53 pm
Los candidatos que participan en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 están prohibidos de contratar el servicio de emisión de sus avisos conteniendo su propaganda electoral en las radios y canales de televisión.
De acuerdo a la Ley N° 30905, Ley que modifica el artículo 35 de la Constitución Política del Perú para regular el financiamiento de las organizaciones políticas, “solo se autoriza la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación radiales y televisivos mediante financiamiento público indirecto”, o sea aquella llamada ‘Franja Electoral’ y que es financiada por el Estado.
“Esta prohibición está vigente, porque es un mandato constitucional”, confirmó esta mañana en declaraciones a RSD el representante en el Perú del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA Internacional), Percy Medina Masías.
Recordó que esta norma constitucional fue aprobada en el referéndum del 9 de diciembre del año pasado, o sea un año antes del día de las elecciones, por lo tanto, no hay restricciones para su aplicación.
Medina señaló que la prohibición de emitir avisos de candidatos en radio y televisión, que se aplica también en Chile, México, Brasil y Ecuador, no alcanza a las redes sociales y páginas web, donde la propaganda electoral sí está permitida.
Explicó que esta prohibición es un mecanismo para abaratar las campañas, generando un poco de igualdad en la inversión que realizan los candidatos, y evitar que suceda lo mismo que en anteriores procesos electorales, donde solo los que manejaban grandes cantidades de dinero acaparaban los espacios publicitarios en las radios y canales de televisión.
El especialista también consideró que es necesario que las autoridades electorales ejerzan mecanismos de control para evitar que los candidatos ‘le saquen la vuelta a la ley’. Consideró que algunos podrían, por ejemplo, pagar publirreportajes, pagar cobertura o por entrevistas que aparenten ser periodísticas, lo cual también contraviene el fondo de la norma.
Detectada la infracción el Jurado Nacional de Elecciones puede ordenar la suspensión de la propaganda electoral ilegal. (ME - RSD Noticias).
Foto: IDL Radio