Ejecutivo presenta demanda de inconstitucionalidad contra ley de ascenso automático en salud
Creado el Martes, 1 de Septiembre del 2020 03:12:37 pm | Modificado el 06/10/2021 01:36:27 pm

El Poder Ejecutivo presentó una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley N° 31039, norma publicada el 26 de agosto, que dispone el ascenso automático para el personal de salud.
La norma fue aprobada por insistencia por el Congreso de la República, luego de ser observada por el Ejecutivo.
El procurador público representante del Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional (TC), Luis Huerta Guerrero, señaló que la norma debe ser declarada inconstitucional debido a que contraviene nueve artículos de la Constitución Política del Perú.
En la demanda de inconstitucional se detalla por ejemplo que la norma vulnera el artículo 79° que prohíbe a los congresistas crear o aumentar el gasto público, así como el artículo 40° que reconoce la carrera administrativa basada en la meritocracia.
El Ejecutivo ha explicado que la norma generaría un impacto económico de 216 millones de soles para el ascenso automático, 19 millones para el cambio de grupo ocupacional y línea de carrera, mil 154 millones para el nombramiento automático y 197 millones para la entrega de la bonificación por puesto de salud.
Al respecto, la ministra de Justicia, Ana Neyra Zegarra, manifestó que estos gastos que generaría la norma pone en riesgo la atención prioritaria en este momento, que es la lucha contra la covid-19.
Por su parte, el presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, manifestó que una gestión moderna no es compatible con ascensos automáticos, al contrario depende de la meritocracia.
“No creemos que el camino sea el planteado por el Congreso, porque está asumiendo competencias que no le corresponde… en un sistema democrático tenemos que respetar nuestras competencias”, señaló esta tarde el mandatario durante una conferencia de prensa realizada tras una reunión del Consejo de Ministros.
Una vez presentada la demanda, el TC notificará al Congreso, el que tendrá 30 días hábiles para responder. (ME - RSD Noticias).
Foto: Presidencia del Perú