Chimbote: video evidencia irregularidades en contratos de locadores en Municipalidad Provincial del Santa
Creado el Martes, 20 de Febrero del 2024 10:06:37 pm | Modificado el 20/02/2024 11:20:27 pm
Un video que circula en redes sociales ha puesto en evidencia la forma presuntamente irregular como se manejan los contratos de los locadores que prestan servicios a la Municipalidad Provincial del Santa (MPS) en la gestión encabezada por el alcalde Luis Gamarra Alor.
El video, grabado a principios de mayo del año pasado, pero que recién ha salido a la luz, muestra el reclamo de algunas locadoras contratadas para dar servicios al área de salud de la comuna. El reclamo se lo formulan al gerente municipal Joe Terrones Rodríguez.
Una de las locadoras revela que el año pasado, al inicio de la gestión de Gamarra Alor, “trabajó” prácticamente un mes y medio sin contrato (del 5 de enero al 27 de febrero de 2023), y su preocupación era cobrar ese dinero. “Entonces, los días que yo he venido, que he trabajado normal, en mi horario normal, ¿quién me va a cancelar?”, pregunta.
Ante el reclamo, el gerente municipal dispone que se firme con la locadora un contrato hasta fines de mayo, sin necesidad de que preste el servicio. “Hágale una orden (de servicio) hasta fin de mes, aunque no venga”, dice.
“NO HAY DELITO, NO HAY ACTO DE CORRUPCIÓN”
“Ahí no hay ningún delito, como quieren hacer ver, no hay ningún acto de corrupción. Más bien es una aclaración que se le hace a estas personas que son locadores. Los locadores no son trabajadores que tienen que ir a hacer el trabajo necesariamente, sino que presentan sus informes para que puedan recibir su pago”, argumentó en su defensa el gerente Joe Terrones en declaraciones al periodista César Quino.
“Pero usted dice ‘que se le pague, aunque no vaya a trabajar’”, le replica el periodista. “Lógico, si ya realizaron el trabajo, tienen que pagárselo”, responde el funcionario. “Aunque no vayan a trabajar”, insiste Quino. “No, es que ya trabajaron. O sea, el contrato de locación de servicio, que no se tergiverse, el servicio puede hacerlo desde su casa. Tú presentas tu informe”, agrega Terrones.
OMISIÓN DE ACTOS FUNCIONALES Y FALSEDAD GENÉRICA
Para el abogado Pablo Rioja Cueva, especialista en derecho administrativo y constitucional, la situación evidenciada en el video es irregular. “Cuando menos hay una omisión de actos funcionales y, evidentemente, lo que es ineludible, acá hay responsabilidad administrativa”, apunta en primer término.
Pero luego se refiere a la solución planteada por Joe Terrones: “Acá lo peligroso está en la salida que propone el gerente municipal: ‘Vamos a firmar un contrato y que no vaya a trabajar’. Si es un contrato de locación de servicio, no estamos hablando de ‘trabajar’. Una prestación de servicios, vía un contrato de locación de servicios, es un contrato civil; para ir a trabajar, tengo que tener un contrato de trabajo, un contrato laboral”, explica.
Rioja Cueva sostiene que, simultáneamente, concurren una serie de situaciones que, de todas, va a salir mal parado el gerente municipal.
“Y si a eso le sumamos que lo que el gerente propone como una solución al problema es que se firme un contrato que no se cumple, estamos hablando de otro delito, ya no de omisión de actos funcionales —abuso de autoridad—, sino de falsedad genérica, porque van a insertar un hecho falso, van a firmar un contrato de locación de servicios —que no es de locación de servicios, sino aparentemente laboral— y encima no va a trabajar (…). Consumarían tanto el contratante, como la pobre persona contratada que está desesperada por su pago, un delito”, sostuvo.
El video también plantea otra situación anómala: el contrato de locación de servicios es un contrato civil donde el prestador tiene autonomía en la ejecución de sus servicios y ninguna vinculación laboral con el contratante. Pero, en este caso, los locadores acuden al área de la institución a la que brindan sus servicios y donde existe una persona al mando, y cumplen un horario de entrada y salida.
Esa situación, según el análisis del abogado especialista, podría generar tres condiciones de la prestación laboral: personal, subordinada y remunerada, todo lo cual generaría la adquisición de derechos laborales del locador, con el consiguiente perjuicio para la institución pública.
El caso, con las evidencias, fue expuesto esta mañana por RSD a través del programa La Pepa, que puede ver a continuación:
(W.C. – RSD Noticias).