Chimbote: alcalde designó a gerenta que no cumple requisito mínimo de experiencia
Creado el Jueves, 17 de Agosto del 2023 08:18:50 pm | Modificado el 17/08/2023 08:26:37 pm
La Municipalidad Provincial del Santa designó a una funcionaria que incumple el requisito mínimo de experiencia, a dos funcionarios cuyo cumplimiento de requisitos mínimos no han sido acreditados, y a 14 funcionarios de quienes no se ha acreditado completamente si tienen o no impedimentos para acceder a la función pública.
Así lo determinó la Contraloría General de la República en un informe elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la propia MPS y comunicado al alcalde Luis Gamarra Alor para que adopte los correctivos necesarios frente a cuatro situaciones adversas identificadas.
UNA GERENTA SIN EXPERIENCIA MÍNIMA
La primera situación adversa detectada por el OCI es que la gerenta de Educación, Cultura y Turismo, Jessica Lizeth Haro Salazar, no acredita el cumplimiento del requisito mínimo de experiencia de tres años, pues solo cuenta con 11 meses y 12 días, periodo que no alcanza o supera lo requerido por la Ley n.° 31419.
Tampoco cumple con la experiencia específica de un año en el cargo, la cual forma parte de los tres años de experiencia específica en la función y, “por consiguiente, no cumple con lo requerido por la normativa referida”.
El alcalde Gamarra Alor la designó en el cargo el 2 de enero de 2023 mediante Resolución de Alcaldía n.° 0019-2023-A/MPS. Según la Contraloría, su situación “afecta la idoneidad y la legalidad de las designaciones, así como el eficiente ejercicio de la función pública”.
DOS GERENTES SIN ACREDITACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS
La segunda situación adversa, según el informe del OCI, es que la MPS no acreditó la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos por ley para la designación de Katherine Denisse Landivar Yacila como gerenta de Planeamiento y Presupuesto y de Genaro Fernando Palacios Flores como gerente de Tecnología de la Información y Comunicación.
El OCI precisó que, en el caso de ambos servidores, el gerente de Recursos Humanos, Lindon Pérez Esquivel, no habría realizado la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos, puesto que “no se encontró documentación alguna que lo acredite”.
14 GERENTES SIN VERIFICACIÓN DE POSIBLES IMPEDIMENTOS
La tercera situación adversa tiene que ver con el hecho de que la MPS no acreditó la revisión de parte de la información contenida en registros y plataformas para la verificación de impedimentos para el acceso a la función pública de 14 gerentes.
Se trata de los gerentes de Planeamiento y Presupuesto; de Recursos Humanos; de Administración Tributaria; de Desarrollo Social; de Seguridad Ciudadana; de Desarrollo Urbano; de Asesoría Jurídica; de Administración; de Infraestructura; de Tecnología de la Información y Comunicación; de Gestión Ambiental; de Educación Cultura y Turismo; de Transporte, y de Desarrollo Económico.
El informe indica que, “de la revisión a la documentación que sustenta la designación de los cargos de confianza de la entidad, no hay evidencia de la verificación de impedimentos para el acceso a la función pública”.
En ese sentido, otra vez anota que la Gerencia de Recursos Humanos habría incumplido lo establecido en el reglamento de la ley n.° 31419, “que exige la revisión de los registros y plataformas RNSSC, REDERECI, REDJUM, REDAM y PDDSP”.
DOCUMENTOS DE GESTIÓN DESACTUALIZADOS
La cuarta y última situación adversa determinada por el OCI es que la MPS mantiene desactualizados su Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), su Manual de Organizaciones y Funciones (MOF), su Cuadro de Asignación de Personal (CAP) provisional o Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), “situación que impediría contar con directivos acordes con los fines públicos que persigue su designación en la administración pública”.
El trabajo de verificación de los requisitos e impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública realizado por el OCI comprende el periodo 2 de enero-14 de julio de este año. Los resultados están contenidos en el informe de visita de control n.° 041-2023-OCI/0344-SVC. (W.C. – RSD Noticias).