Áncash: desde mañana la PNP hará cumplir orden de aislamiento domiciliario
Creado el Lunes, 16 de Marzo del 2020 06:24:01 pm | Modificado el 06/10/2021 01:35:34 pm
Los ciudadanos que incumplan el decreto supremo que declara el estado de emergencia nacional y restringe el derecho de tránsito serán conminados por la Policía a retornar a sus hogares, si es que no lo hacen serán detenidos y conducidos a una comisaría.
Así lo señaló hoy el jefe de la Macrorregión Policial de Áncash, general William Espinoza Vivanco, quien informó que en la región se contará con un aproximado de mil efectivos policiales para el control de las calles, más 90 miembros del Ejército Peruano.
El estado de emergencia restringe el libre tránsito, no obstante hay una excepción para quienes laboran en la producción, distribución y comercialización de alimentos y medicinas, en el sector salud, entidades financieras, empresas de servicios básicos (agua, limpieza pública, entre otros), en la distribución y venta de combustible, medios de comunicación y centrales de atención telefónica. También pueden salir aquellos que van a comprar alimentos y medicinas, quienes deben recibir atención médica y quienes cuiden a adultos mayores, personas con discapacidad y otros que estén en situación de vulnerabilidad.
El general Espinoza Vivanco explicó que hoy, primer día del estado de emergencia, los policías básicamente han estado disuadiendo a la población para que se quede en su casa y cumpla el aislamiento social obligatorio; sin embargo, mañana ya se procederá a hacer cumplir la restricción al libre tránsito.
“Mañana desde cero horas ya el personal policial hará control con mayor efectividad. Las personas que no acrediten estar autorizadas para transitar, se les va a conminar a regresar a su domicilio, sino lo hacen se les llevará a la comisaría”, declaró el alto mando policial.
Espinoza agregó que hay un grupo especial de la Policía que cuida los mercados y también buscarán controlar la especulación de precios, porque se trata de un delito. Efectivamente, el artículo 234° del Código Penal sanciona con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años “a quien venda productos considerados oficialmente de primera necesidad a precios superiores a los fijados por la autoridad competente”. (ME – RSD Noticias).