Áncash: declaran estado de emergencia en 5 distritos más por lluvias intensas
Creado el Jueves, 6 de Marzo del 2025 12:26:30 pm | Modificado el 06/03/2025 12:32:47 pm

El Ejecutivo declaró estado de emergencia en otros cinco distritos de la sierra de Áncash, debido a las intensas precipitaciones pluviales, mediante el Decreto Supremo N.º 026-2025-PCM, publicado la noche del miércoles 5 de marzo, en edición extraordinaria del boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano.
La declaratoria es por el plazo de 60 días calendario y alcanza a 90 distritos ubicados en 18 regiones del país.
En Áncash, los distritos declarados en emergencia son Chavín de Huántar y Huacachi, en la provincia de Huari, y Cochas, Ocros y San Pedro, en la provincia de Ocros.
En total, en la región han sido declarados en estado de emergencia 34 distritos. Los primeros 19 distritos son Cáceres del Perú, Chimbote y Moro, La Merced, Carhuaz, Yauya, Buena Vista Alta, Comandante Noel, Yaután, Huaraz, Independencia, Olleros, Huarmey, Yuracmarca, Conchucos, Pallasca, Pomabamba, Cáceres del Perú, Chimbote, Moro, Huayllabamba y Cascapara fueron declarados en emergencia a través del Decreto Supremo N.º 007-2025-PCM, el pasado viernes 10 de enero. Para estos distritos la declaratoria vence el próximo 10 de marzo.
En tanto que, los distritos de Lllipa y Santiago de Chilcas en la provincia de Ocros, y el distrito de Alfonso Ugarte, en la provincia Sihuas, fueron declarados en emergencia el pasado 20 de febrero mediante el Decreto Supremo 021-2025-PCM. Mientras que, la declaratoria de emergencia en los distritos de Succha, Pampas Grande, San Marcos, Pueblo Libre, Musga, San Cristóbal de Raján y Huayllán, se dio el 27 de febrero, mediante el Decreto Supremo N.º 024-2025-PCM.
La declaratoria de emergencia se da para que los gobiernos regionales y municipales ejecuten medidas de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación, ante las lluvias intensas que vienen produciendo desbordes de ríos, derrumbes, deslizamientos, huaicos, entre otros, que están ocasionando daños a la vida y salud de la población, así como a las viviendas, vías de comunicación, infraestructura de riego, red de agua potable, infraestructura pública de salud y educación, entre otros.
La norma señala que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Cabe destacar que, el decreto precisa que la implementación de estas medidas se financiará con los presupuestos ya asignados a las instituciones responsables, sin requerir recursos adicionales del tesoro público.
Además, en el dispositivo se detallan aquellos bienes que pueden ser donados en el marco del estado de emergencia, en virtud de la Ley 30498, ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales. (K.C. – RSD Noticias).