Áncash: adquieren kit de revocatoria contra autoridades distritales de Aquia y Pardo Lezameta
Creado el Miércoles, 19 de Junio del 2024 12:02:06 pm | Modificado el 02/08/2024 11:03:17 am
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) declaró procedente hasta la fecha dos solicitudes para adquirir los formatos para recolección de firmas de adherentes (Kit Electoral), para ejercer el derecho de control contra las autoridades municipales de los distritos de Aquia y Abelardo Pardo Lezameta, de la provincia de Bolognesi, en Áncash.
Estas solicitudes se realizaron en el marco de la Consulta Popular de Revocatoria 2025, correspondiente al periodo de gobierno regional y municipal 2023-2026. A nivel nacional, ya son 27 solicitudes procedentes. 22 contra autoridades distritales, 6 contra alcaldes provinciales y una solicitud de ámbito regional (Lima).
En el caso, del distrito de Abelardo Pardo Lezameta, el ciudadano Bladimiro Iván Balabarca Saavedra solicitó la expedición de formatos para promover la revocatoria del alcalde Glirio Tomás Cotrina Retuerto y de los regidores Tarcila Aurora Venancio Ortega, Iban Alejos Copertino, Mariela Silva Albornoz, Deysi Dayeli Palma Toro y Vidal Antonio Toro Moreno.
Mientras que, en el distrito de Aquia, el promotor David Wilfredo Valverde Villanueva adquirió el kit electoral para llevar a cabo el proceso de revocatoria del burgomaestre Apolinario William Ramos Rojas y de los concejales Gloria Carmen Bonifacio Montes, Duguberto Vásquez Gaytán, Liseth Arieta Rivera, Judith Jeroniza Alvarado Camarena y Daycy Vilma Cuevas Carrera.
KIT ELECTORAL
El organismo electoral informó que los ciudadanos promotores de la revocatoria en estos distritos ancashinos cumplieron los requisitos para adquirir los planillones con los cuales poder iniciar el proceso de recolección de firmas de adherentes (25 % del padrón electoral de la circunscripción) y continuar con el proceso.
El kit electoral es el conjunto de documentos y formatos que contiene la lista de adherentes para la recolección de firmas correspondientes, formatos para la certificación de presentación de listas de adherentes y para la certificación de digitación de lista, declaración jurada para la corrección de enmendaduras, software para la digitación de adherentes, la normativa vigente y un manual de instrucción del software de la lista de adherentes.
PROCESO
Luego que el ciudadano reciba el kit electoral se deberá recolectar las firmas de adherentes (25 % del padrón electoral de la circunscripción) y luego solicitar a la Subgerencia de Verificación de Firmas y Apoyo Técnico Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la verificación de las firmas recolectadas.
Culminado el trámite en el Reniec, corresponde al promotor presentar la solicitud de revocatoria, ya sea en la mesa de partes de la ONPE (presencial o virtual) o en las ORC. El promotor deberá anexar copias de la “Constancia del proceso de verificación de firmas de adherentes” y del “Acta de etapa de verificación automática y semiautomática”, ambas expedidas por el Reniec. La fecha límite de recepción de solicitudes de verificación de firmas es el 11 de octubre de 2024.
La ONPE resolverá las solicitudes de revocatoria presentadas en un plazo no mayor de 30 días calendario. En caso de ser denegada procede recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve dicho recurso en un plazo no mayor de 15 días calendario. No procede recurso alguno contra dicha resolución.
La fecha límite para presentar solicitudes de revocatoria a la ONPE vence el 21 de noviembre de 2024, mientras que el plazo para que la misma institución electoral resuelva las solicitudes será el 21 de diciembre de 2024.
Será el JNE quien convoque a consulta popular de revocatoria para las solicitudes que hayan sido admitidas. Según el cronograma aprobado para este proceso, la consulta popular de revocatoria se realizará el 8 de junio de 2025. (K.C. – RSD Noticias).