YA ES OFICIAL | Estas son las medidas frente a la covid-19 que regirán desde el 1 de mayo
Creado el Domingo, 24 de Abril del 2022 04:40:22 pm | Modificado el 05/05/2022 10:28:45 am
A través del Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM, el gobierno central oficializó la prolongación del estado de emergencia nacional por un periodo de 31 días, a partir del 1 de mayo, por la pandemia del coronavirus. Es así que estableció las nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social que regirán a partir de esta fecha.
De esta manera se determinó que todos los servidores de las entidades públicas deben retornar el trabajo presencial. Los que tengan factores de riesgo realizan trabajo remoto o mixto. Además, tal como se había anunciado, en las instituciones educativas no es aplicable el distanciamiento de un metro. Sigue siendo obligatorio el uso de la mascarilla para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.
En los departamentos que tengan el 80% de cobertura de vacunación contra la covid-19 de personas de 60 años a más con 3 dosis y el 80% inmunización de personas de 12 años a más con 2 dosis, es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos, siempre que se garantice el distanciamiento físico, medidas que podrían modificarse de acuerdo con el contexto epidemiológico.
Según el Ministerio de Salud (Minsa), solo Lima Metropolitana, Lima provincias, Callao, Ica y Áncash cumplen con los requisitos de vacunación para que sea opcional el uso de mascarilla en espacios abiertos.
Respecto al servicio de transporte interprovincial terrestre, los pasajeros mayores de 12 años solo pueden abordar si acreditan haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación contra la covid-19 y la tercera dosis los mayores de 18 años. Los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar.
Los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo, solo pueden operar si acreditan haber recibido las tres dosis de vacunación.
Para el caso de restaurantes o similares, las mascarillas pueden ser retiradas solo al momento de ingerir los alimentos. Toda persona que realice actividad laboral presencial, debe acreditar haber recibido las tres dosis de vacunación. Solo podrán ingresar a los coliseos y estadios deportivos los mayores de 5 años que presenten su carné físico o virtual que acredite haber recibido la primera y segunda dosis de vacunación, requiriéndose adicionalmente la tercera dosis para los mayores de 18 años.
En el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con la aplicación de las tres dosis de vacunación, deben prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto. Los trabajadores del sector salud deben contar con las tres dosis de vacunación para cumplir labores de manera presencial en su centro de trabajo debido al alto riesgo de contagio y propagación de las variantes de la covid-19. (V.Z. - RSD Noticias).