Toque de queda se suspende desde mañana lunes 31 de enero
Creado el Domingo, 30 de Enero del 2022 12:55:09 pm
La suspensión del toque de queda en todo el país regirá recién a partir de mañana lunes 31 de enero hasta el 13 de febrero.
La medida fue oficializada por el gobierno mediante el Decreto Supremo N º 010-2022-PCM, publicado en El Peruano ayer sábado.
Como se recuerda, días atrás el ministro de Salud, Hernando Cevallos, explicó que se tomó la decisión de poner fin a la inmovilización social obligatoria, que estaba rigiendo desde las 00 horas hasta las 4 de la mañana, debido a su poca efectividad.
El decreto en mención, además, amplía el estado de emergencia nacional por el plazo de 28 días calendario, a partir del martes 1 de febrero de 2022, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la covid-19.
También declara en nivel de contagio alto a 78 provincias del país, entre las cuales se encuentran Huaraz, Huaylas, Casma y Santa, pertenecientes a la región Áncash.
Respecto a las reuniones y concentraciones de personas, la norma precisa que -a excepción de las ceremonias de carácter castrense y policial- se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública. La prohibición también es para las reuniones en domicilios.
Con relación al uso de playas, ríos, lagos o lagunas, así como de piscinas públicas y privadas donde se realizan actividades formativas o terapéuticas, ubicadas en las provincias que se encuentran en los niveles de alerta moderado, alto y muy alto; el documento indica que se debe presentar el carné físico o virtual que acredite haber completado su esquema de vacunación y la dosis de refuerzo, en caso de mayores de 40 años que se encuentren habilitados para recibirla según el protocolo vigente.
Cabe mencionar que, para las provincias clasificadas de nivel de alerta alto, como es el caso de la provincia del Santa, están vigentes las siguientes restricciones:
Actividades en espacios cerrados:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:60%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60% Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
- Casinos y tragamonedas: 40%
- Cines y artes escénicas: 60%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Templos y lugares de culto: 60%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
- Eventos empresariales y profesionales: 60%
- Peluquería y Barberia: 60%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
- Coliseos:60%
- Gimnasios: 60
Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos Baños termales al aire libre
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre
- Mercados itinerantes
- Estadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 50%
(C.I. – RSD Noticias).