Retiro AFP: Poder Judicial podrá retener el 30 % del retiro de deudores alimentarios
Creado el Miércoles, 22 de Mayo del 2024 03:44:24 pm | Modificado el 02/08/2024 11:03:07 am
El Poder Judicial informó hoy, a través de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), que mediante una demanda de alimentos se podrá retener el 30 % del desembolso del retiro de la AFP, a favor de los hijos cuyos gastos no vienen siendo cubiertos por el padre.
La jefa de dicha oficina, Vicky Távara Cavero, explicó que, con un mandato judicial o un acuerdo de las partes involucradas, la demandante podrá disponer del 30 % de los 20 600 soles, es decir las cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de los fondos de la AFP o lo que le corresponda por este concepto.
Távara Cavero agregó que el mandato judicial se debe acatar, así el demandante se niegue a retirar el monto. “Si el juez lo dispone en su sentencia, así (el demandante) no retire el monto dispuesto por el Congreso, el 30 % de esa suma va a ser retenido para cubrir la deuda alimentaria”, aseveró la letrada.
La jefa del Renaju explicó que esta medida tiene como objetivo proteger los derechos del menor. “Lo que se busca es emitir sentencias a favor del menor”, reiteró.
En ese sentido, la funcionaria resaltó la reciente ley que modifica el Código Procesal Civil, el cual permite al juez de familia tener acceso a información en línea sobre la capacidad económica de los demandados y extraer en tiempo real la información sobre su centro de trabajo, remuneración, gratificación, vacaciones y otros ingresos. “Esta modificatoria va a permitir que los procesos de alimentos sean más rápidos. El juez podrá tener información en línea, en tiempo real, de los bienes que tenga el demandante en la Sunarp, como cuánto gana o si le corresponde gratificación, a través del Ministerio de Trabajo”, finalizó. (K.C. – RSD Noticias).