Produce dispone cierre de la segunda temporada de pesca de anchoveta 2024
Creado el Miércoles, 22 de Enero del 2025 10:05:25 am | Modificado el 22/01/2025 10:15:02 am
El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso el cierre de la segunda temporada de pesca 2024 del recurso anchoveta (Engraulisringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona Norte-Centro del Perú. La medida, establecida mediante Resolución Ministerial 017-2025-Produce, entrará en vigencia a partir de las 00:00 horas de este jueves 23 de enero.
La entidad señaló que la decisión de cierre responde a los resultados del monitoreo del Instituto del Mar del Perú (Imarpe) a los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso. Imarpe reportó que el cierre busca proteger al stock desovante de la anchoveta, tras evidenciarse un significativo incremento en la actividad reproductiva.
“La sostenibilidad de nuestros recursos pesqueros es fundamental para asegurar la continuidad de la actividad pesquera y la seguridad alimentaria. La protección del recurso durante el desove es un compromiso que asumimos con responsabilidad para el futuro de nuestras pesquerías”, destacó el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos.
La segunda temporada de pesca de anchoveta, que inició el 1 de noviembre de 2024, ha superado el 95 % de la cuota asignada, con más de 2.38 millones de toneladas del recurso capturado; sin embargo, esta cifra aumentará en el transcurso de las próximas horas, cuando culminen de descargar las embarcaciones.
Los principales puertos de descarga fueron Chimbote, Malabrigo, Coishco, Callao, Supe, Tambo de Mora y Chancay, evidenciando una actividad pesquera dinámica y eficiente.
Según la norma, la descarga de la anchoveta debe ser efectuada dentro de las 24 horas de concluida la temporada. En tanto que, el procesamiento deberá ser efectuado dentro de las 48 horas de concluida la temporada.
El documento finaliza resaltando que, el incumplimiento de la presente resolución será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley N.º 25977, Ley General de Pesca, en el Decreto Legislativo N.º 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, en el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, y demás disposiciones legales aplicables. (K.C. – RSD Noticias).