Minedu: “Supervisión de cumplimento de Ley Universitaria es facultad de Sunedu”
Creado el Miércoles, 10 de Febrero del 2016 11:32:01 pm
Así se lee en Oficio N° 072-2015, de fecha incierta, enviado por el director de Coordinación Universitaria, Juan Trelles Castillo, a Sixto Díaz Tello, quien fue proclamado rector de la Universidad Nacional del Santa, tras las elecciones realizadas por el Comité Electoral, elecciones que fueron anuladas por una medida cautelar del Poder Judicial.
En el documento, que es de respuesta a una solicitud de información, este funcionario del Ministerio de Educación llama a Sixto Díaz Tello “rector de la Universidad Nacional del Santa”.
Le detalla además que de acuerdo a la nueva Ley Universitaria el proceso de elección de nuevas autoridades está regulado expresamente por la primera disposición complementaria transitoria de la mencionada ley, y que no se debe tener en cuenta al artículo 72 de la misma norma.
Indica que el proceso se inicia con la designación del Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo (Ceuta), cuya conformación no requiere del reconocimiento de órgano distinto. Este Ceuta se encarga de la elección de los miembros de la Asamblea Estatutaria, quienes a su vez aprueban el nuevo reglamento universitario y el cronograma de elecciones de las nuevas autoridades.
El documento agrega que la supervisión del cumplimiento de la aplicación de la Ley Universitaria es del Sunedu. Días atrás el presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa, Willians Vizcarra Tinedo, dijo que el Poder Judicial sí podía revisar el cumplimiento de la norma, tanto que por ello se emitió una medida cautelar.
Como se recuerda en la UNS existe una medida cautelar dada por el Poder Judicial que declaraba nulo el proceso eleccionario de nuevas autoridades, además hay una acción de amparo que deja sin efecto todo lo actuado en cumplimiento de la Ley universitaria y dispone que en 10 días se inicie un nuevo proceso para elegir nuevas autoridades. (RSD Noticias).