Desde mañana cobrarán S/ 0.10 por bolsas de plástico en centros comerciales, mercados y bodegas
Creado el Miércoles, 31 de Julio del 2019 11:21:56 am | Modificado el 06/10/2021 01:34:27 pm
Desde mañana los centros comerciales, mercados, bodegas y demás establecimientos similares cobrarán S/ 0.10 a los ciudadanos que deseen que se les entregue sus productos en bolsas de plástico.
Este nuevo cobro que deberán pagar tanto personas naturales como jurídicas se denomina impuesto al consumo de las bolsas de plástico y se aplica en el marco del cumplimiento de la Ley Nº 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, norma promulgada en diciembre del año pasado, con la que se busca desincentivar el uso de bolsas de plástico y contribuir a la conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible.
El impuesto al consumo de las bolsas de plástico grava la adquisición bajo cualquier título de bolsas de plástico cuya finalidad sea cargar o llevar bienes enajenados por los establecimientos comerciales o de servicios que las distribuyan.
La cuantía del impuesto al consumo de las bolsas de plástico es gradual y se aplica por la adquisición unitaria de bolsas de plástico, de acuerdo con el siguiente cronograma: S/ 0.10 en el 2019, S/ 0.20 en el 2020, S/ 0.30 en el 2021, S/ 0.40 en el 2022 y S/ 0.50 en el 2023 y años subsiguientes.
La norma precisa que los establecimientos comerciales y de servicios deben consignar en el comprobante de pago correspondiente la cantidad de bolsas entregadas y la cuantía total del impuesto al consumo de las bolsas de plástico percibido el cual no forma parte de la base imponible del impuesto general a las ventas (IGV).
El impuesto al consumo de las bolsas de plástico constituye ingreso del tesoro público y su administración le corresponde a la Sunat. De acuerdo a la ley todos los establecimientos deben cobrar por cada bolsa, como mínimo una suma equivalente al precio del mercado. A eso se le debe sumar el impuesto creado por esta norma.
Vale precisar que la norma también señala que los supermercados, autoservicios, almacenes, comercios en general u otros establecimientos similares, así como sus contratistas o prestadores de servicios, dentro del plazo de 36 meses contados desde la vigencia de la presente ley, deben reemplazar en forma progresiva la entrega de bolsas de plástico de un solo uso, por bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen contaminación por microplástico o sustancias peligrosas y que aseguren su valorización. (ME - RSD Noticias).
Foto: Ministerio del Ambiente