Áncash: revocan sentencia que absolvió a exfuncionarios huarmeyanos por el delito de colusión
Creado el Martes, 5 de Septiembre del 2023 10:05:44 am | Modificado el 02/08/2024 11:01:11 am
La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa revocó la sentencia que absolvió a tres exfuncionarios de la Municipalidad Provincial de Huarmey, y a un empresario, involucrados en el delito de colusión, y les impuso penas de entre 5 y 3 años de prisión, conforme a la Ley N.° 31592, que señala que en caso de que la sentencia de primera instancia sea absolutoria, se puede dictar una sentencia condenatoria.
Para los integrantes de la Sala, los exintegrantes del comité especial de adjudicaciones, Edwin Tovar Chumpitaz, Carlos Mantilla Jacobo, y el exgerente municipal Aldo Jesús Urquiza Mayuri, se coludieron con el empresario Roberth Oliver Tinoco Méndez, para favorecerlo con el otorgamiento de la buena pro en seis procesos de selección, en los que advirtieron graves irregularidades en su tramitación. Además, Tinoco participó como único postor en los procesos ejecutados.
Los magistrados comprobaron que Roberth Tinoco realizó el perfil denominado "Fortalecimiento Institucional de la Unidad Formuladora, Oficina de Programación e Inversiones y Unidad Ejecutora de la Municipalidad Provincial de Huarmey – Ancash”, y pese a ello participó en la etapa de inversión, para lo cual estaba impedido de participar, según la Ley de Contrataciones del Estado. Lo mismo, ocurrió en otras cinco adjudicaciones.
Por estas y otras irregularidades, la Primera Sala Penal de Apelaciones consideró que se logró acreditar que existió colusión, por lo que decidió declarar fundada la apelación de la Fiscalía, y condenar a 5 años de cárcel, a Carlos Mantilla Jacobo. Los funcionarios Aldo Urquiza Mayuri, Edwin Tovar Chumpitaz, y el empresario Roberth Tinoco Méndez, fueron sentenciados a 4 años de cárcel suspendidos en su ejecución por un periodo de prueba de 3 años.
Todos los sentenciados quedan inhabilitados para trabajar o contratar con el Estado por el plazo de tres años. Asimismo, se les fijó el pago de una reparación civil de 100 mil soles, que deberán pagar de manera solidaria en un plazo de seis meses.
Los exfuncionarios y el empresario sentenciados podrán apelar ante la Sala Penal de la Corte Suprema, conforme lo indica el Código Penal, en el literal c, numeral 3 del artículo 425. (K.C. – RSD Noticias)