Sabías que?
Creado el Miércoles, 10 de Febrero del 2016 11:27:59 pm
evangélicos completo en sí mismo[142]. Dicha consagración laical, por lo tanto, tiene un valor propio, independientemente del ministerio sagrado, tanto para la persona misma como para la Iglesia.Siguiendo las enseñanzas del Concilio Vaticano II[143], el Sínodo ha manifestado un gran aprecio por este tipo de vida consagrada, en la que los religiosos hermanos desempeñan múltiples y valiosos servicios dentro y fuera de la comunidad, participando así en la misión de proclamar el Evangelio y de dar testimonio de él con la caridad en la vida de cada día. Efectivamente, algunos de estos servicios se pueden considerar ministerios eclesiales confiados por la legítima autoridad. Ello exige una formación apropiada e integral: humana, espiritual, teológica, pastoral y profesional.
Según la terminología vigente, los Institutos que, por determinación del fundador o por legítima tradición tienen características y finalidades que no comportan el ejercicio del Orden sagrado, son llamados «Institutos laicales»[144]. En el Sínodo se ha hecho notar, no obstante, que esta terminología no expresa adecuadamente la índole peculiar de la vocación de los miembros de tales Institutos religiosos. En efecto, aunque desempeñan muchos servicios que son comunes también a los fieles laicos, ellos los realizan con su identidad de consagrados, manifestando de este modo el espíritu de entrega total a Cristo y a la Iglesia según su carisma específico.
Por este motivo los Padres sinodales, con el fin de evitar cualquier ambigüedad y confusión con la índole secular de los fieles laicos[145], han querido proponer el término de Institutos religiosos de Hermanos[146]. La propuesta es significativa, sobre todo si se tiene en cuenta que el término hermano encierra una rica espiritualidad. «Estos religiosos están llamados a ser hermanos de Cristo, profundamente unidos a Él, primogénito entre muchos hermanos (Rm 8, 29); hermanos entre sí por el amor mutuo y la cooperación al servicio del bien de la Iglesia; hermanos de todo hombre por el testimonio de la caridad de Cristo hacia todos, especialmente hacia los más pequeños, los más necesitados; hermanos para hacer que reine mayor fraternidad en la Iglesia»[147]. Viviendo de una manera especial este aspecto de la vida a la vez cristiana y consagrada, los « religiosos hermanos » recuerdan de modo fehaciente a los mismos religiosos sacerdotes la dimensión fundamental de la fraternidad en Cristo, que han de vivir entre ellos y con cada hombre y mujer, proclamando a todos la palabra del Señor: « Y vosotros sois todos hermanos » (Mt 23, 8).
No existen impedimentos para que en estos Institutos religiosos de Hermanos, cuando el Capítulo general así lo disponga, algunos miembros reciban las Órdenes sagradas para el servicio sacerdotal de la comunidad religiosa[148]. No obstante, el Concilio Vaticano II no incita explícitamente a seguir esta praxis, precisamente porque desea que los Institutos de Hermanos permanezcan fieles a su vocación y misión. Esto vale también por lo que se refiere a la condición de quien accede al cargo de Superior, considerando que éste refleja de manera especial la naturaleza del Instituto mismo.
Diversa es la vocación de los hermanos en aquellos Institutos que son llamados « clericales » porque, según el proyecto del fundador o por tradición legítima, prevén el ejercicio del Orden sagrado, son regidos por clérigos y, como tales, son reconocidos por la autoridad de la Iglesia[149]. En estos Institutos el ministerio sagrado es parte integrante del carisma y determina su índole específica, el fin y el espíritu. La presencia de hermanos representa una participación diferenciada en la misión del Instituto, con servicios que se prestan en colaboración con aquellos que ejercen el ministerio sacerdotal, sea dentro de la comunidad o en las obras apostólicas.