LA COLUMNA DEL DÍA | JNE, el gran elector
Creado el Lunes, 1 de Marzo del 2021 09:29:12 am
La democracia es el sistema político más aceptado por los peruanos y se encuentra amparada por nuestro ordenamiento constitucional. Tiene como principales características la solidez e independencia de sus poderes, y su amplia garantía a los derechos fundamentales de la persona.
En la democracia, el poder y la representación nace del pueblo, se ejerce mediante el derecho al voto, eligiendo a nuestros representantes a través del sufragio, siendo el voto directo, secreto, libre y obligatorio.
En algunos países con sistemas democráticos existe un cuarto poder constitucional, llamado poder electoral, que se adiciona a los tradicionales Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El poder electoral es el encargado de llevar a cabo de manera autónoma e independiente los procesos electorales hasta la proclamación de los nuevos representantes.
En el caso peruano, no existe poder electoral desde la Constitución de 1933, que estuvo vigente hasta el 28 de julio de 1980. En la actualidad, de acuerdo con el Art. 177 de la Constitución de 1993, tenemos un sistema electoral conformado por tres organismos constitucionalmente autónomos, como el Reniec, que elabora el padrón electoral; la ONPE, que organiza los procesos electorales, y el JNE, que se encarga de velar por la legalidad de los procesos electorales y de administrar justicia electoral.
Las elecciones generales han sido convocadas para el 11 de abril y están a cargo de nuestro sistema electoral, el Reniec y la ONPE parecen cumplir con lo suyo, sin embargo; mientras nuestra atención se encuentra centrada en la emergencia sanitaria ocasionada por el embate de la segunda ola del covid-19, el Vacunagate vizcarrista y la falta de oxígeno para los pacientes covid; el JNE viene jugando una peligrosa tómbola electoral, excluyendo y reponiendo candidatos, desvirtuando la pulcritud que un proceso electoral requiere.
La semana que terminó fueron excluidos los candidatos presidenciales Forsyth de Victoria Nacional y López Aliaga de Renovación Nacional, en un nuevo episodio de presuntas transgresiones a la compleja legislación electoral. Los casos no son similares, pues mientras a Forsyth se le olvidó mencionar algunas empresas e ingresos en su declaración jurada de candidato, a Rafael López Aliaga se le sanciona porque prometió donar su remuneración en caso de ser electo presidente.
La exclusión de López Aliaga es absurda porque su ofrecimiento no se enmarca en el supuesto de las dádivas o promesas de dádivas a cambio de votos. El candidato de Renovación Popular ha ofrecido donar su sueldo a una institución caritativa que es muy diferente a ofrecer una dádiva y por esta noble promesa ha sido excluido. Bajo esa premisa, también debería excluirse a César Acuña por ofrecer el Bono Covid de 600 soles por un año a todos los que tuvimos el coronavirus, a Verónika Mendoza por ofrecer un Bono Universal de 1000 soles por única vez, a Julio Guzmán por ofrecer un Bono a familias vulnerables de 600 soles por única vez y a Daniel Urresti por ofrecer el Bono para la Policía que salió a enfrentar las calles durante las cuarentenas, retirarlos por dichos ofrecimientos sería un despropósito.
Son varios los candidatos excluidos de la contienda electoral por diversos motivos, algunos de forma definitiva como Olivera, Cillóniz y Diez Canseco, otros fueron excluidos y volvieron como Acuña y Urresti, pero hay otros que por los mismos motivos no fueron excluidos, como es el caso de Martín Vizcarra quien salió bien librado pese a la contundencia de los documentos.
En la práctica el JEE excluye y en apelación el JNE confirma la exclusión o la deja sin efecto, pero la falta de predictibilidad genera una sensación de tinka electoral, en la que los candidatos no vienen siendo tratados de la misma manera. Vizcarra mediante una muy polémica decisión, salió bien librado de la aplicación de la engorrosa ley electoral, Acuña y Urresti con mayor razón y sentido también lo lograron, Mendoza pasó sin problemas la amenaza de exclusión, Forsyth debería exigir el mismo trato que Vizcarra por tratarse de hechos similares, y ojalá la sensatez se imponga y López Aliaga no sea excluido. Esta situación ha generado la lamentable sensación de alguna preferencia discrecional para los candidatos que representan el actual poder político, en particular de morados hacia la izquierda.
La ruleta electoral podría evitarse si tuviéramos un Poder Electoral autónomo, sin intromisión de otros poderes del Estado en su conformación, sin el exceso normativo enredado y complejo en que ha devenido la legislación electoral, y obviamente eliminando la exclusión de candidatos por parte del JNE, puesto que en la práctica se ha convertido en un gran y poderoso elector al sacar y reponer candidatos casi a su antojo.
No debemos olvidar que el gran elector es el pueblo como poder constituyente que se expresa a través del voto, y goza del derecho constitucional a elegir y ser elegido.
* Pablo Rioja Cueva es abogado especialista en derecho constitucional y administrativo, árbitro en contrataciones con el Estado y laboral. Tiene amplia experiencia en gestión pública y docencia universitaria. Fue regidor en la Municipalidad Provincial del Santa.
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