Retiro CTS 2024: desde hoy trabajadores podrán disponer de la totalidad de sus fondos
Creado el Lunes, 27 de Mayo del 2024 02:02:03 pm | Modificado el 02/08/2024 11:03:09 am
Desde hoy, lunes 27 de mayo, los trabajadores del régimen privado podrán disponer del 100 % de los fondos de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), tras la aprobación del reglamento de la Ley n.º 32027.
El Decreto Supremo n.º 003-2024-TR, publicado ayer domingo 26 de mayo en el diario El Peruano, autoriza por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024, el retiro, ya sea total o parcial de estos fondos.
La norma indica que, el trabajador también podrá solicitar, preferentemente por canales digitales, que la entidad financiera efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas del trabajador que indique en su solicitud, pertenecientes entidades financieras, es decir, a las instituciones que actúan como depositarias, conforme lo señala el artículo 32° del TUO del Decreto Legislativo n.º 650.
En este segundo caso, recibida la solicitud de desembolso mediante transferencias, la entidad financiera efectuará la transferencia a las cuentas del trabajador, en un plazo no mayor de dos días hábiles.
APLICACIÓN
El citado reglamento es de aplicación a los trabajadores del sector privado comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo n.º 650, Ley de CTS, aprobado por el Decreto Supremo n.º 001-97-TR, independientemente del régimen laboral al que se sujeten.
Asimismo, a los trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del TUO del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo n.º 003-97-TR.
También, a los servidores civiles de entidades del sector público sujetos a este régimen laboral y al régimen del servicio civil regulado en la Ley n.º 30057, Ley del Servicio Civil.
En tanto que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) podrá dictar las disposiciones necesarias en el marco de su competencia, para el cumplimiento del Decreto Supremo n.º 003-2024-TR. (K.C. – RSD Noticias).