Juez declara nula elección del Consejo Directivo del mercado “Dos de Mayo”, pero…
Creado el Jueves, 21 de Julio del 2016 03:17:05 pm | Modificado el 06/10/2021 01:29:19 pm

El Cuarto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa declaró nulos los acuerdos tomados en la asamblea del 26 de julio del 2015, donde se eligió a los miembros del Consejo Directivo de la Asociación de Comerciantes del Mercado Dos de Mayo para el periodo 2015-2017, dirigencia presidida por Pedro Reyes Luna.
Esta decisión fue tomada en el marco de la demanda interpuesta por Alipio Pastor Pereda en contra de la citada junta directiva, demanda resuelta por el juez Alfredo Cuipa Pinedo.
Tras revisar las pruebas presentadas por las partes, el magistrado consideró que “queda claro que no se adoptaron en la asamblea en cuestión, las medidas mínimas para garantizar la transparencia del proceso electoral”.
Si bien los estatutos indican que la elección puede realizarse en votación a mano alzada o mediante un comité electoral, y "se hizo mediante la primera opción", el juez cuestionó que no se haya permitido asentar en el acta la oposición de varias personas a este modo de elección y que solo se haya dado 10 minutos para que los interesados formen sus listas, pese a que entre los requisitos que debían presentar estaban antecedentes penales, policiales y hasta un plan de trabajo.
“El tiempo de diez minutos otorgados para la confección de las listas, imposibilita en la práctica la libre participación de quienes no confeccionaron su lista previamente a la Asamblea”, advierte el magistrado.
Otro de los considerandos que sustentan su decisión de declarar nula esta elección, es el hecho de que el proceso electoral fue conducido por la junta directiva de Pedro Reyes, la misma que fue la única lista que se presentó a la reelección, y por el asesor legal de esta junta, una persona que no estaba facultada para participar y menos dirigir el proceso eleccionario.
“La dirección de esa asamblea, la toma de decisiones, el conteo de los votos y la revisión de los requisitos e impedimentos, no puede estar a cargo, directa ni indirectamente, de quienes integran una lista que participa en el acto electoral”, dice el juez.
Si bien con esta decisión, queda sentado que la elección de Pedro Reyes y demás dirigentes es nula, el juez declaró improcedente la demanda en cuanto se solicita la conformación de un nuevo comité electoral para que convoque a nuevas elecciones. El magistrado señala que deja a salvo el derecho de los interesados para que lo hagan valer de acuerdo a ley.
“La resolución no dice que no siga siendo (presidente)… yo tengo la vigencia de poder… nosotros seguimos trabajando”, declaró esta mañana Pedro Reyes, quien indicó que su periodo concluirá el 24 de agosto del 2017.
Agregó que no está de acuerdo con la decisión judicial, por lo tanto la apelará. (RM/M – RSD Noticias).