ELECCIONES 2018 | Áncash: hasta hoy 14 candidaturas regionales inadmisibles y 2 improcedentes
Creado el Martes, 10 de Julio del 2018 03:08:28 pm | Modificado el 06/10/2021 01:32:58 pm
Por el momento, 14 de las 23 fórmulas y listas que aspiran a dirigir la Gobernación Regional de Áncash han sido declaradas “inadmisibles”. Estas tienen dos días de plazo para levantar las observaciones planteadas por el JEE de Huaraz. No obstante, existen dos declaradas como improcedentes, cuya situación es más grave, por cuanto las observaciones planteadas son insubsanables.
IMPROCEDENTES
La fórmula y lista de Vamos Perú, que encabeza Luis Meléndez Cuentas, ha sido declarada improcedente por el JEE de Huaraz. ¿El motivo? No ha cumplido con la cuota electoral de jóvenes, con lo cual viola la Resolución N° 88-2018-JNE, y prácticamente está a punto de salir de la contienda electoral.
Similar situación tiene la candidatura de Avanza País, que lleva a Walter Williams Flores de la Cruz como aspirante a gobernador regional. La autoridad electoral en su resolución señala que esta agrupación ha cometido una causal insubsanable al no cumplir con la cuota joven en su lista de candidatos. Ambos aún pueden apelar al JNE.
INADMISIBLES
Se trata de las listas del PPC, Podemos, Acción Popular, Todos por el Perú, el Maícito, Somos Per´, Unión por el Perú, Áncash a la Obra, Perú Patria Segura, Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Restauración Nacional, Hora Cero y Frente Amplio. En tanto la candidatura de Perú Avanza está improcedente.
MARCO VILLACORTA MALDONADO (PPC)
De acuerdo a la Resolución N° 450-2018-JEE-HRAZ/JNE, es el Tribunal Nacional Electoral el único estamento autorizado para realizar sus elecciones internas, pero según el acta esta la realizó el Plenario Electoral Regional. Además, de los documentos presentados, no se puede determinar cómo se eligió a los tres miembros del Comité Electoral Regional.
Entre otras observaciones, también se ha encontrado que en el acta aparece como ganadora de las elecciones internas la fórmula encabezada por Edgar Armando Moreno Álvarez, quien resulta ser el candidato al cargo de alcalde por la provincia de Huaylas, no existiendo dentro del acta la proclamación como ganadores a los candidatos de la fórmula y lista para el gobierno regional.
LUIS LUNA VILLARREAL (PODEMOS)
La Resolución N° 278-2018-JEE-HRAZ/JNE indica que su candidato a consejero titular por Ocros, Juan Rosales Roca, ha declarado dos sentencias firmes por delito contra la administración pública, pero no ha presentado la resolución que lo declara rehabilitado, así como documento que pruebe que cumplió con pagar la reparación civil. En este caso, el JEE de Huaraz ha dejado a salvo la decisión que tomaría sobre este candidato porque los condenadas por delitos de corrupción, aun cuando se hayan rehabilitado, no pueden postular a cargo de elección popular.
Asimismo se observa que uno de los candidatos a consejeros, que es regidor, ha pedido licencia por 30 días, cuando las normas especifican que debe ser por 120 días antes del día de elecciones. Además, el candidato a consejero por Corongo no ha acreditado vivir en la provincia a la que postula, ya que indica haber nacido en Pallasca y tener como domicilio la provincia del Santa.
OTTO GUIBOVICH ARTEAGA (ACCIÓN POPULAR)
La Resolución N° 291-2018-JEE-HRAZ/JNE muestra que en su acta de elección interna se señala la participación de Fernando Stella Castillo como secretario del Comité Nacional Electoral, pero no se ha acreditado cómo fue elegido. El acta de elección interna tampoco está suscrita por los miembros del Comité Nacional Electoral quienes proclamaron los resultados de las elecciones, así como tampoco por el personero legal titular.
El JEE de Huaraz agrega que de la verificación del acta de proclamación de resultados de las elecciones internas en comparación con la solicitud de inscripción “se observa que ambas no coinciden, o no ocupan el lugar que se precisa en el acta de elección interna”. Se pide también que el personero legal se pronuncie respecto a una enmendadura en el acta, entre otros puntos.
FÉLIX VÁSQUEZ ÁLVAREZ (TODOS POR EL PERÚ)
El JEE de Huaraz indica que de acuerdo a sus estatutos solo el Tribunal Nacional Electoral es el órgano que dirige los procesos electorales internos; sin embargo la elección de candidatos fue llevada en una “asamblea eleccionaria”, acto muy distinto a lo establecido por sus propios estatutos.
También se ha detectado que la cantidad de representantes a comunidades nativas difiere si se compara el acta de elecciones con la solicitud de inscripción. Asimismo, ninguno de los candidatos ha cumplido con presentar su declaración jurada simple de no tener deuda pendiente, entre otros aspectos que deben subsanar.
JUAN REBAZA CARPIO (EL MAÍCITO)
De acuerdo a la Resolución N° 292-2018-JEE-HRAZ/JNE, entre otras subsanaciones, esta organización política debe presentar el acta que acredite cómo eligió a los miembros del Comité Electoral Provincial de Huaraz, órgano partidario ante el cual se llevaron a cabo las elecciones internas de candidatos, ya que solo han presentado las credenciales de los miembros.
JESÚS RODRÍGUEZ FUENTES (ÁNCASH A LA OBRA)
La Resolución N° 279-2018-JEE-HRAZ/JNE advierte problemas en su proceso de democracia interna, puesto que su Comité Electoral Provincial tiene tres miembros, pero según el acta se observa que solo participaron dos. Asimismo, se ha encontrado que los miembros de los comités electorales provinciales no están afiliados a esta agrupación política. Además, sus candidatos invitados fueron presentados por el Comité Electoral Regional, cuando esa es facultad únicamente del Comité Ejecutivo Regional.
Áncash a la Obra lleva en su lista a tres personas con sentencias firmes por alimentos, estos son el candidato a gobernador Jesús Rodríguez, y los candidatos a consejeros Rubén Sandoval Calvo (provincia del Santa) y José Salcedo Maza (provincia de Huaraz). Se le pide a la organización política que acredite el cumplimiento de estas obligaciones materia de la sentencia.
GABRIEL MEJÍA DUCLOS (PERÚ PATRIA SEGURA)
Las observaciones planteadas, contenidas en la Resolución N° 293-2018-JEE-HRAZ/JNE, indican que las personas que suscriben el acta de elección interna no han sido registradas en el ROP en el cargo que ostentan. Se precisa también que según sus estatutos solo el Comité Electoral elegido por el Congreso Nacional del Partido podía llevar adelante las elecciones internas, no señalando nada, respecto de la existencia de “Comités Electorales Descentralizados”.
JUAN MORILLO ULLOA (SOMOS PERÚ)
De acuerdo a la Resolución N° 282-2018-JJE-HRAZ/JNE, entre otros se observa que sus elecciones internas se hallan llevado a cabo con solo tres de sus miembros integrantes del órgano electoral descentralizado, cuando sus estatutos indican que son cinco.
Asimismo, se observa que algunos candidatos no han adjuntado su solicitud de licencia al cargo público que ostentan, y la candidata a consejera por Ocros no ha podido acreditar domicilio en esa provincia, puesto que informó haber nacido y que domicilia en la provincia del Santa.
EDWIN VALVIVIA LLAMOSAS (UNIÓN POR EL PERÚ)
Según consta en la Resolución N° 285-2018-JEE-HRAZ/JNE las observaciones, entre otras, están relacionadas a sus elecciones internas. Según sus estatutos el único órgano partidario que puede llevar adelante las elecciones es el Comité Electoral Nacional; sin embargo se observa que quien realizó las elecciones fue el Comité Electoral Regional, órgano no reconocido por sus propios estatutos.
De las otras cinco candidaturas inadmisibles hemos detallados anteriormente y son las siguientes: la de Lady Camones (Fuerza Popular), Tania Ruiz (Alianza para el Progreso), Juan Calderón (Restauración Nacional), Luis Haro (Hora Cero) y de David Rodríguez (Frente Amplio).
La mayoría de las listas declaradas inadmisibles ya han presentado sus respectivos descargos, las que están pendiente de resolución en el JEE de Huaraz.
El JEE declara una candidatura inadmisible cuando advierte que hay observaciones que se pueden subsanar y declara improcedente cuando advierte que los errores cometidos son insubsanables, igual esta última decisión puede ser apelada ante el JNE. (RSD Noticias).