El Palacio Municipal de Chimbote no es amigable con las personas con discapacidad
Creado el Martes, 21 de Mayo del 2024 09:03:34 pm | Modificado el 22/05/2024 01:30:18 pm
La sede de la Municipalidad Provincial del Santa (MPS), frente a la plaza de Armas de Chimbote, reúne algunas características arquitectónicas que afectan la accesibilidad física de las personas con discapacidad, y que a lo largo de los años se han mantenido sin que ninguno de los alcaldes que dirigió la ciudad tomara medidas al respecto para corregirlas.
La Contraloría General de la República acaba de poner en agenda esta situación al dar cuenta de los resultados de un servicio de control realizado para determinar si la MPS cumple o no con las condiciones de accesibilidad física para las personas, independientemente de sus características funcionales o capacidades. ¿El resultado? No cumple. Eso se traduce en limitaciones para el acceso de las personas con habilidades diferentes a los servicios municipales y al ejercicio de sus derechos.
¿QUÉ DICE LA LEY?
La Ley General de la Persona con Discapacidad n.° 29973 remarca que la persona con discapacidad tiene los mismos derechos que el resto de la población, sin perjuicio de las medidas específicas establecidas en las normas nacionales e internacionales para que alcance la igualdad de hecho. En ese sentido, el Estado tiene la responsabilidad de garantizar un entorno propicio, accesible y equitativo.
Y sobre la accesibilidad en las edificaciones, la Norma Técnica A.120 del Reglamento Nacional de Edificaciones establece, en su artículo 1, las condiciones y especificaciones técnicas de diseño para la elaboración de proyectos y ejecución de obras de edificación, y para la adecuación de las existentes donde sea posible, con el fin de hacerlas accesibles a las personas con discapacidad y adultos mayores.
Sin embargo, en el caso particular del edificio de la MPS, hay hasta cuatro situaciones adversas identificadas por la Contraloría que limitan la accesibilidad física de las personas con discapacidad.
CUATRO SITUACIONES ADVERSAS
La primera situación adversa tiene que ver con las rampas de acceso, tanto externa como interna, del palacio municipal. El diseño de esas rampas incumple la Norma Técnica A.120, pues su nivel de inclinación supera la pendiente máxima. Además, no existen pasamanos en ambos lados. Y, por si fuera poco, carecen de señales podotáctiles; es decir, de señalizaciones especiales en el suelo para facilitar el tránsito de personas con deficiencias visuales en espacios desconocidos para ellos.
Adicionalmente, el ascensor destinado para uso exclusivo de personas con discapacidad se encuentra inoperativo, lo que imposibilita que puedan movilizarse de forma autónoma y segura hacia los servicios que la MPS presta en el segundo, tercer y cuarto piso. Esto genera una limitación y barrera física.
La segunda dificultad advertida es que la MPS no cautela que la caja de la Subgerencia de Tesorería y las ventanillas de atención al ciudadano de la Gerencia de Administración Tributaria, ubicadas en el primer nivel, tengan una altura adecuada para facilitar la atención de personas en silla de ruedas, de movilidad reducida o de talla baja, ni garantiza la existencia de zonas reservadas en las áreas de espera, lo que dificulta el acceso autónomo de dichos ciudadanos a los servicios municipales y limita su atención en igualdad de condiciones.
Una tercera situación adversa es que la MPS no cautela la existencia de servicios higiénicos accesibles para personas con discapacidad y movilidad reducida en ninguno de los pisos del edificio municipal. Asimismo, se identificó que tampoco se cuenta con servicios higiénicos de uso mixto con instalaciones accesibles que cuenten por lo menos con un inodoro, un lavatorio y un urinario adaptado para su uso por las personas con discapacidad y movilidad reducida. Eso también limita el ejercicio de sus derechos en igualdad de condiciones que los demás.
Y el cuarto problema identificado es que la MPS tampoco cautela que los estacionamientos de uso reservado para personas con discapacidad tengan las medidas y señalización requeridas, conforme a la norma técnica. El único espacio exclusivo reservado en las afueras del palacio municipal tiene forma pentagonal irregular, con un ancho variable de 2.44x6,33 metros. Esto también afecta los derechos de las personas con habilidades diferentes.
Todas las situaciones adversas están contenidas en el informe n.° 026-2024-OCI/0344-SVC, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la MPS entre el 8 y 12 de abril pasado, y que ya ha sido comunicado al alcalde provincial Luis Gamarra Alor para que adopte las medidas correctivas que correspondan, de acuerdo a sus competencias. (W.C. – RSD Noticias).