Chimbote: pescadores artesanales y de menor escala obligados a transparentar su actividad
Creado el Miércoles, 11 de Mayo del 2022 06:02:07 pm
El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la obligatoriedad del registro de información sobre las actividades pesqueras y acuícolas en el sector pesquero artesanal, menor escala, comercializadores y acuicultores a través de la adecuación y uso del Sistema de Trazabilidad de Pesca y Acuicultura (Sitrapesca).
El Sitrapesca es un aplicativo que permite a los administrados declarar y registrar información sobre su actividad pesquera, acuícola o acuario comercial, teniendo como mayor enfoque seguir la evolución de los recursos hidrobiológicos y el fortalecimiento de acciones de fiscalización para reducir la pesca ilegal no declarada y no reglamentada.
Fue creado el año pasado mediante Decreto Supremo N° 024-2021-PRODUCE con la finalidad de garantizar el origen legal y la trazabilidad de los recursos o productos hidrobiológicos. El Produce alegó que de esa manera da cumplimiento a sus funciones de velar por la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos, su explotación racional y óptimo aprovechamiento, así como la seguridad alimentaria.
En ese sentido, a través de un comunicado, el Produce señaló que la adecuación y uso del Sitrapesca por parte de las plantas de procesamiento pesquero artesanal, armadores de embarcaciones artesanales y de menor escala, comercializadores, entre otros, se efectuará de manera progresiva, conforme a las disposiciones que apruebe el sector.
¿A QUÉ OBLIGA EL SITRAPESCA?
Según la norma que crea el Sitrapesca, entre otras cosas, todas las embarcaciones están obligadas a llevar una bitácora de pesca en la cual deben consignar la información de cada lance de pesca de acuerdo al formato que elabore el Imarpe para dicho fin. Los titulares de los permisos de pesca registrarán, entre otros, la información de las capturas en el Sitrapesca y, de corresponder, presentarán la bitácora u otra información que les sea requerida por los fiscalizadores del Produce y de sus Direcciones o Gerencias Regionales.
Para el caso de la pesca de anchoveta para el consumo humano directo, los titulares de permisos de pesca autorizados a extraer el recurso están obligados a registrar en el referido sistema la cantidad del recurso extraído y la distribución del mismo con destino a las plantas de procesamiento pesquero y, de ser el caso, lo entregado para su comercialización en estado fresco refrigerado.
Asimismo, los titulares de las licencias de operación de plantas de procesamiento pesquero de consumo humano directo deberán registrar información de recepción, procesamiento, comercialización de los productos obtenidos y envíos de los residuos, descartes y materia prima no considerada por selección de talla, peso y calidad, detallando los destinos de los mismos.
No presentar documentos o información requerida, o no emplear los medios informáticos para el seguimiento de transporte de recursos hidrobiológicos, o presentar o registrar información incorrecta al momento de la fiscalización o cuando sea exigible por la autoridad administrativa, o no contar con documentos o información física o electrónica que acrediten el origen legal y trazabilidad de los recursos, o registrar deliberadamente información falsa u ocultar, destruir o alterar libros, registros, documentos requeridos por el Produce o por las empresas certificadoras o supervisoras constituyen infracciones administrativas.
Asimismo, se precisa que son condiciones para la operación de las plantas de reaprovechamiento que procesen descartes o residuos de recursos hidrobiológicos registrar en el Sitrapesca información de recepción y procesamiento delos residuos, descartes de anchoveta y la materia prima no considerada por selección de talla, peso o calidad, detallando la procedencia de los mismos, según corresponda.
El Produce puso a disposición de la ciudadanía en general el correo electrónico [email protected] para las consultas que sean necesarias. (RSD Noticias).