LA COLUMNA DEL DÍA | La hipocresía de la contratación CAS
Creado el Viernes, 13 de Septiembre del 2019 09:57:20 am | Modificado el 06/10/2021 01:34:36 pm

Últimamente se ha puesto en agenda la contratación de personal en la modalidad de locación de servicios en las instituciones públicas porque, en la práctica, cumplen funciones administrativas dependientes, desnaturalizando el contrato, ya que es sabido que en el derecho laboral predomina el principio de primacía de la realidad, el mismo que –más allá de la formalidad o lo que esté escrito en el papel– hace prevalecer lo que en realidad sucede; es decir, lo que cuenta es la actividad que realiza el trabajador. Ante eso se ha reclamado que la alternativa sería utilizar otro régimen de contratación más adecuado: el régimen de contratación administrativa de servicio, más conocido por sus siglas como contratos CAS.
El régimen de contratación CAS, reglamentado por el Decreto Legislativo N°1057, se crea como una alternativa para no incrementar la burocracia estatal de los trabajadores administrativos del régimen del Decreto Legislativo 276, al que pertenecen los empleados y administrativos nombrados. Inicialmente fue muy cuestionado por el recorte de derechos y beneficios sociales, pero luego fue modificado. En el régimen CAS, al estar regulado el ingreso y extinción del contrato, así como su temporalidad, no hay forma de que estos trabajadores se queden permanentemente más allá de la duración de su contrato; por eso, cierto es que los contratos CAS constituyen una salida para no desnaturalizar el contrato y evitar que los locadores, previo juicio, se queden como contratados permanentes.
La alternativa que muestra este tipo de contratación tiene también su lado oscuro, que ya no es no tener seguro, vacaciones, ni beneficios sociales, como al comienzo. Lo que no se ha dicho es que en su mayoría, tal como sucede con los procesos de selección para las obras, estos contratos ya vienen “arreglados” desde que se formulan los términos de referencia, es decir, desde que se establecen los requisitos mínimos y culmina con la entrevista, que en su gran mayoría vale la mitad de todo el puntaje.
Seguramente esto nos traerá a la memoria las recientes convocatorias del Gobierno Regional de Áncash y de la Municipalidad Provincial del Santa, que fueron motivo de cuestionamientos y hasta de burlas. Para muestra, un botón: el gobierno regional pedía para la oficina de Imagen un administrador, y en la municipalidad, para cuidar viejitos en el Centro de Adulto Mayor, se requería un bachiller en Economía y Contabilidad. Pero si creía que eso solo ocurre en Áncash, se equivoca. El Ministerio de Educación lanzó una convocatoria para la contratación CAS del secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Educación, estableciendo como requisito ser bachiller en Educación, Psicología o Administración, sin ninguna capacitación o certificado, tan solo conocimientos evaluados mediante una prueba y, luego, la famosa y definitoria entrevista. La remuneración es nada menos que 15.400 soles. En el Ministerio de Educación, que tanto hablan de meritocracia, los sueldos más altos son reservados para bachilleres.
Esas son solo una ínfima muestra de lo que sucede a nivel nacional y, por si acaso, si usted pensaba quejarse ante la Defensoría del Pueblo, encontrará que esta institución no tiene autoridad moral puesto que –al igual que Indecopi para ser gerente de oficina– para sus contratos CAS requiere bachilleres en Derecho con seis meses de experiencia como “practicantes” para ganar 3.000 soles, mucho más que un profesor con título profesional, con años de experiencia, maestrías y doctorados. Por supuesto que debemos apoyar que los jóvenes trabajen, pero entonces ¿cuál es el mérito de obtener títulos y grados, si basta con ser practicante allí en la institución que contrata? ¿No es acaso eso direccionamiento?
Como hemos visto en esta pequeña muestra, aprovechado que las normas son generales, las instituciones públicas fijan requisitos amañados para favorecer a sus allegados, conocidos o recomendados. Usted podría pensar: ¿y si hay varios que cumplen los requisitos? Ah, para eso está la entrevista: si usted pasó con un buen currículo, obtendrá un puntaje mínimo y el recomendado un puntaje muy alto, y si no es suficiente, lo más seguro es que a usted lo jalen en la entrevista. Pese a todo ello, si usted tiene suerte, habrá algún espacio libre que no alcanzaron a cubrir y podrá tener una oportunidad.
Si queremos instituciones que realmente cuenten con personal idóneo, si apostamos por la meritocracia, debemos también poner atención y rechazar al favorecimiento y direccionamiento de este tipo de contratación, que si bien evitan la desnaturalización del contrato y que los contratados se queden permanentemente, no deja de ser una hipocresía que, aparentando formalidad y convocatoria abierta, se haga para legitimar la contratación de allegados .Si en las obras está penado, ¿por qué en este caso no? Hay que complementar los vacíos de la norma. ¿Algún congresista dijo ‘yo, esa es mi chamba’? Nones.
* Miguel Arista Cueva es docente y abogado. Consultor, conferencista, especialista en gestión pública, educación y derecho administrativo. Fue director regional de Educación de Áncash y del Colegio de Alto Rendimiento de Cajamarca.
Foto: Gestión / Composición: RSD
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