Chimbote: confirman 6 años de cárcel para dos policías por cohecho pasivo propio
Creado el Viernes, 14 de Abril del 2023 06:00:25 pm
Un oficial y suboficial de la Policía Nacional fueron sentenciados a 6 años de cárcel, en segunda instancia, por el delito de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial, pues pidieron 500 soles a la concesionara del servicio de rancho para los policías de la Unidad de Servicios Especiales de Chimbote, a cambio de volver a otorgarle la buena pro para la adjudicación de alimentos.
Se trata del mayor PNP Jimmy Hans Calampa Torres y el suboficial PNP Alexander Gustavo Pinto Ibañez.
Según la tesis fiscal, Calampa ordenó al suboficial que exija a Gladys Marrón, la concesionaria del servicio de rancho, 500 soles como condición para otorgarle la buena pro de adjudicación de alimentos.
Pinto Ibañez fue capturado en un operativo el 1 de junio de 2019, tras recibir el dinero que previamente había sido fotocopiado. Para la Fiscalía, las conversaciones del aplicativo WhatsApp entre el policía detenido y el mayor Calampa Torres, revelan que ambos sabían del pedido de dinero e incluso coordinaban para la entrega de los billetes.
El juez del Sexto Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia del Santa, encontró culpables del delito a ambos policías y les impuso 6 años de cárcel, así como el pago de 10 mil soles por concepto de reparación civil.
Los abogados de ambos sentenciados decidieron interponer un recurso de apelación, señalando uno de ellos que la concesión del servicio de alimentación por parte de la denunciante ya había concluido, por lo que no había la posibilidad de que el mayor Calampa le otorgue otra concesión, sumado a que tampoco tenía esa facultad; mientras que el abogado defensor de Pinto Ibáñez indicó que su patrocinado admitió haber sido el intermediario para solicitar dinero a la denunciante, por indicaciones de Calampa Torres, pero sin embargo adujo que el delito por el que se le debería sentenciar debería ser el de concusión y no cohecho.
Finalmente, los integrantes de la Primera Sala Penal de Apelaciones decidieron por unanimidad confirmar la sentencia de primera instancia y ordenaron la inmediata búsqueda y captura de Jimmy Hanz Calampa Torre y de Alexander Gustavo Pinto Ibáñez, quienes deberán ser internados en el penal de Cambio Puente. (R.M. – RSD Noticias).