“Protocolo para las Actividades Religiosas de la Iglesia Católica en tiempos de Pandemia”
Creado el Martes, 27 de Octubre del 2020 11:01:54 pm | Modificado el 11/10/2021 04:40:37 pm
A continuación, el documento completo:
“Protocolo para las actividades religiosas de la Iglesia Católica en tiempos de pandemia”
I. Motivación
Los Obispos del Perú, en fidelidad a la misión que Jesucristo nos ha confiado: anunciar el Evangelio, administrar los Sacramentos, especialmente la Eucaristía, y guiar a la comunidad cristiana, estamos llamados a atender la salud espiritual de los fieles que el Señor ha confiado a nuestro cuidado pastoral, convencidos de que la dimensión espiritual contribuye a la fortaleza en la prueba, el aumento de la fraternidad y la solidaridad en la vida social.
En todo este tiempo de emergencia nacional y sanitaria hemos acatado y apoyado las medidas establecidas por el Gobierno para evitar la propagación de la pandemia del COVID-19. Estas medidas, evidentemente, no niegan ni impiden la libertad de expresar nuestras convicciones religiosas ni el culto que necesitamos ofrecer a Dios.
Con la finalidad de cuidar la vida y la salud espiritual de todos nuestros fieles, la Conferencia Episcopal Peruana ha preparado el presente Protocolo a tener en cuenta en la celebración de la Eucaristía, los demás sacramentos y otros actos de culto público, así como las reuniones y actividades de las parroquias y otras comunidades de fieles, observando las medidas de higiene y bioseguridad, en un marco de caridad y solidaridad, camino al restablecimiento normal de las actividades propias de nuestra vida y misión eclesial.
II. Fases de aplicación
Fase 1: Terminado el estado de emergencia nacional (la cuarentena), cada Obispo del lugar establecerá la fecha a partir de la cual se permitirá a los fieles asistir a los templos para las celebraciones eucarísticas, así como para la celebración de otros sacramentos o actos de culto, pero no de manera masiva sino con el aforo reducido a un tercio (1/3) de capacidad del templo, guardando el distanciamiento social requerido de un (01) metro como mínimo y observando de modo estricto el presente Protocolo y las normas específicas que el mismo Obispo eventualmente establezca para su jurisdicción eclesial.
Fase 2: Posteriormente, conforme a las normas aplicables al estado de emergencia sanitaria, se restablecerá de manera escalonada las reuniones de formación catequética y pastoral, priorizando en lo que corresponda las modalidades virtuales y cumpliendo estrictamente las normas y criterios organizativos y sanitarios: aforo reducido a un tercio, higiene, uso de mascarilla, distanciamiento de un (01) metro como mínimo, las demás medidas que se refieren a continuación y aquellas que pueda disponer el Obispo del lugar.
Fase 3: Retomar la vida pastoral ordinaria de manera progresiva, teniendo en cuenta las medidas que fueren necesarias hasta que se encuentre la solución médica a esta pandemia.
III. Disposiciones generales
1. Mientras dure la actual situación de pandemia, a los feligreses que forman parte de la población en riesgo por tener más de 65 años de edad o padecer de enfermedad cardiovascular, cáncer, diabetes mellitus, hipertensión arterial, obesidad, asma, enfermedad respiratoria crónica, insuficiencia renal crónica, enfermedad o tratamiento inmunosupresor u otras enfermedades según el parecer de su médico, se les prorroga la dispensa del precepto de asistencia a Misa dominical, se les recomienda no asistir a celebraciones comunitarias y se les invita a valorar la conveniencia de no salir de su domicilio.
2. Sin dejar de cumplir las disposiciones del Ministerio de Salud, los templos y capillas se abrirán para el culto público, como la celebración de la Santa Misa y demás sacramentos, la celebración de la Palabra de Dios, la adoración del Santísimo y el rezo del Santo Rosario, evitándose en todo momento la aglomeración de personas y observándose estrictamente el distanciamiento mínimo de un (01) metro entre persona y persona, el uso permanente y obligatorio de mascarilla y la reducción del aforo del templo a un tercio de su capacidad. Los sacerdotes, diáconos y feligreses deberán aplicarse alcohol gel en las manos, o lavárselas con agua y jabón, como medida de higiene y prevención.
3. La distancia mínima que debe haber entre persona y persona es de un (01) metro. Esta distancia no es obligatoria para los fieles que habitan en una misma vivienda.
4. En las puertas de los templos se cuidará de que no ingresen más fieles que los permitidos por el aforo antes señalado y, en lo posible, se controlará la temperatura de los asistentes. Una vez que hayan ingresado, se les distribuirá en los espacios señalados previamente.
5. Los templos deben estar cuidadosamente desinfectados, limpios y ventilados. Al final de cada celebración se deben desinfectar bancas, sillas y objetos litúrgicos utilizados.
6. En las puertas de los templos se habilitará una alfombra húmeda con agua y lejía, para que los fieles al ingresar desinfecten la suela de sus zapatos de manera obligatoria.
7. En los templos no habrá ni se usará agua bendita. Tampoco se podrá tocar ni besar las imágenes.
8. Donde sea necesario, mientras dure la emergencia sanitaria se recomienda la realización del culto al aire libre, cuidando siempre la dignidad de los sacramentos y las medidas de precaución antes mencionadas: uso de mascarilla, distancia mínima entre las personas y aforo de un tercio de la capacidad ordinaria del lugar, así como las normas que el presente Protocolo establece para la celebración de cada sacramento o acto de culto público.
IV. Disposiciones para la celebración eucarística
Los fieles
9. Deben lavarse las manos con agua y jabón o desinfectarlas con alcohol antes de ingresar al templo.
10. En lugar de hacer la colecta en la forma usual, para la ofrenda de los fieles se colocarán alcancías o canastas a la salida del templo.
11. Durante la celebración de la Misa, el copón, el cáliz y la patena deben estar cubiertos con la palia o una tela apropiada.
12. El saludo de la paz, que es facultativo, se sustituirá por otro gesto evitando el contacto directo.
13. La distribución de la Eucaristía se realizará en silencio.
14. Dar la comunión en la mano.
15. Se recomienda que para la animación de la celebración eucarística haya un solo cantor o músico o, en su defecto, se utilice audios de canciones pregrabadas.
El celebrante
16. El sacerdote celebrante y sus ayudantes deben asearse las manos antes y después de la distribución de la sagrada comunión. El uso de la mascarilla es obligatorio y permanente.
17. En las parroquias donde el sacerdote es un adulto mayor o se encuentra en situación de riesgo, se debe designar ministros extraordinarios de la sagrada comunión, para que sean ellos los encargados de darla a los fieles.
18. En el caso de concelebraciones, la comunión será por intinción, de tal modo que el último comulgante purifique el cáliz.
19. Los sacerdotes que forman parte de la población en riesgo mencionada en el parte III, numeral 1 de este Protocolo, deben tener el máximo cuidado sanitario y evitar todo riesgo de contagio.
V. Disposiciones específicas para los demás sacramentos
20. Considerando que los sacramentos del Bautismo, Primera Comunión, Confirmación y Matrimonio requieren de cercanía física, en lo posible se debe postergar su celebración al menos durante la primera fase. En cualquier caso, siempre deben observarse de manera especial las normas antes indicadas, como el uso de mascarilla, distanciamiento social, aforo máximo y demás que sean aplicables.
21. Para la celebración del Bautismo se debe usar el rito breve y evitar el contacto con el bautizando, padres y padrinos. Para la unción con el óleo y el crisma se debe usar algodón o bastoncillo (hisopo), el cual se incinerará inmediatamente terminada la celebración. El uso de mascarillas por parte del celebrante y asistentes es obligatorio.
22. Para el Sacramento de la Penitencia, es obligatorio el uso de la mascarilla, de barreras físicas de tipo mica entre el sacerdote y el penitente. Se debe evitar la aglomeración de personas, manteniendo el distanciamiento social. En lo posible, se debe realizar el sacramento en un ambiente amplio y ventilado, pero siempre asegurando la confidencialidad.
23. Para la Confirmación, en el momento de la crismación se puede utilizar un algodón o bastoncillo, como se ha indicado en el caso del Bautismo. Obsérvese la higiene de manos entre cada contacto, cuando haya varios confirmandos.
24. Para el Matrimonio, los anillos, arras, etc., deberán ser manipulados exclusivamente por los contrayentes. El uso de las mascarillas y el distanciamiento de un (01) metro como mínimo es obligatorio. Manténgase la debida prudencia al momento de la firma de los contrayentes y los testigos, así como en la entrega de la documentación correspondiente.
25. Para la Unción de los enfermos se seguirá el rito breve y se usará algodón o bastoncillo (hisopo), el cual se incinerará inmediatamente terminada la celebración. Los sacerdotes que forman parte de la población en riesgo mencionada en la parte III punto 1 de este Protocolo evitarán administrar este sacramento y solicitarán a otro sacerdote que lo haga. Para el caso de pacientes con Covid19, además de lo dispuesto en este Protocolo son de cumplimiento obligatorio las normas de protección indicadas por las autoridades sanitarias.
26. Para la atención pastoral de los enfermos, habitantes en asilos, los ancianos solitarios y los moribundos son también de aplicación obligatoria y estricta las normas del presente Protocolo y aquellas sanitarias establecidas por las autoridades competentes. El uso de la mascarilla y el distanciamiento social de un (01) metro como mínimo, son obligatorios.
27. Para las exequias de difuntos se seguirán los mismos criterios de la Misa dominical. Aunque sea difícil en esos momentos de dolor, insistir en evitar los gestos de afecto que implican contacto personal, la importancia de mantener la distancia de seguridad y el uso obligatorio de mascarillas.
VI. Otras disposiciones
28. Para la oración y adoración del Santísimo Sacramento y los demás actos de culto, se debe seguir igualmente las disposiciones generales del presente Protocolo y aquellas específicas que sean aplicables. Previamente, deben estar debidamente señalados los lugares a ser ocupados por los fieles.
29. Hasta que no se emitan nuevas reglamentaciones:
a) No se debe permitir la participación de bandas de músicos en los templos.
b) Continúan suspendidas las procesiones dentro y fuera del templo.
c) No se debe permitir las visitas turísticas en los templos.
30. Para las reuniones de grupos parroquiales, obsérvese rigurosamente las normas sanitarias establecidas por el Gobierno como el uso obligatorio de mascarillas, la reducción del aforo a un tercio de la capacidad total, y el distanciamiento social de un (01) metro como mínimo.
31. Donde sea posible, desígnense equipos de fieles voluntarios que controlen el cumplimiento de estas normas al interior de los templos.
El Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana presenta este Protocolo, en coordinación con el Ministerio de Salud, para que cada obispo en su Jurisdicción Eclesiástica determine cuando y que templos se abrirán habiendo asegurado el cumplimiento de las normas de este Protocolo.
Lima, 25 de junio de 2020
Foto: Conferencia Episcopal Peruana